Información sobre la marca O GALEGO PROFUNDO con el número de expediente de la Oficina Española e Patentes y Marcas M-4146165.
Marca
O GALEGO PROFUNDOM-4146165
Expediente OEPM M-4146165 Tipo Denominativa Fecha solicitud 15/11/2021 Estado En tramitación |
Persona física. Consultar en la OEPM
Fecha | Tramitación |
---|---|
2021-11-19 | Efectuado tram. Art.18.4 ley sin detectar anterioridades relevantes. |
2021-11-26 | Publicacion de solicitud. |
2022-01-21 | Oposicion basada en motivos siguientes: art.5.1 g,h;. |
2022-01-25 | Observaciones de terceros basadas en el: art.5.1 g,h;. |
2022-07-14 | Publ.Suspenso fondo de f.Resol 07/07/2022 causas del suspenso de fondo: 341 346 347. |
Resumen cronológico de publicaciones en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial sobre la marca O GALEGO PROFUNDO
Expediente: M-4146165
Tipo Marca: Denominativa
Tipo Modalidad: Marca
Identificado de publicación: 6984052
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4146165
Fecha de resolución: 06/09/2022
Clases denegadas: 29, 33
Fecha publicación de la solicitud: 26/11/2021
Expediente: M-4146165
Tipo Modalidad: Marca
Identificado de publicación: 6910587
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4146165
Fecha de resolución: 07/07/2022
Clases: 29, 33
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS
Motivos: 01) La marca solicitada se halla incursa en la prohibición del art. 5.1.b) de la Ley de Marcas (Ley17/2001, de 7 de diciembre) al carecer de carácter distintivo, toda vez que la denominación de la marca está compuesta por signos e indicaciones carentes de distintividad sin adicionar ningún otro elemento, denominativo y/o figurativo que permita al público consumidor identificar dicho signo con una concreta procedencia empresarial
Motivos: 02) La marca solicitada se halla incursa en la prohibición del artículo 5.1.g) de la Ley de Marcas al poder inducir al público a error sobre el origen geográfico y calidad de los productos solicitados, toda vez que el distintivo solicitado contiene el término "GALEGO" (forma de referirse en lengua gallega a la procedencia de "GALICIA") y no se indica que los productos solicitados tengan este origen. Podrá subsanar la precitada prohibición concretando, al final de la lista de productos de cada una de las clases que "todos ellos son procedentes de Galicia".Debe aportarse, por tanto, nueva lista completa de productos (en formulario oficial) recogiendo de nuevo todos los solicitados inicialmente, incluyendo las correcciones sugeridas
Motivos: 03) Así mismo, la marca solicitada se halla incursa, para la clase 29 y para los productos "licores" de la clase 33, en la prohibición del art. 5.1.h) de la Ley de Marcas, al estar excluido del registro, en el caso de "conservas de pescado", en virtud del art 13.1 del Reglamento (UE) 1151/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de noviembre y, en el caso de "licores", en virtud del art. 16 del Reglamento 110/2008, que confiere protección a las denominaciones de origen e indicaciones geográficas, toda vez que el distintivo incluye el término "galego" (el natural de Galicia, o lo perteneciente o relativo a esta comunidad autónoma), que se halla protegido por la Denominación de OrigenProtegida "Mejillón de Galicia/mexillón de Galicia" y por las Indicaciones Geográficas Protegidas "Orujo de Galicia/Augardente de Galicia", "Aguardiente de hierbas de Galicia/Augardente de herbas de Galicia", "Licor de hierbas de Galicia/Licor de herbas de Galicia" y "Licor Café de Galicia", sin especificar que los citados productos estén amparados por dichas DOP e IGPs.Esta prohibición podrásubsanarse excluyendo expresamente los productos indicados de la lista solicitada, quedando como sigue: Clase 29: "Conservas de pescado, excluyendo expresamente mejillones, todos ellos procedentes de Galicia".Clase 33: "Vinos y licores, excluyendo expresamente orujo, aguardiente de hierbas, licor de hierbas y licor café, todos ellos procedentes de Galicia".También podrá subsanar especificando que los mencionados productos se encuentran amparados por las DOP e IGP correspondientes, quedando la lista como sigue: Clase 29: "Conservas de pescado, estando los mejillones amparados por la DOP "Mejillón de Galicia/mexillón de Galicia", todos ellos procedentes de Galicia.Clase 33: "Vinosy licores, estando los productos orujo, aguardiente de hierbas, licor de hierbas y licor café amparados por las IGPs "Orujo de Galicia/Augardente de Galicia", "Aguardiente de hierbas de Galicia/Augardente de herbas de Galicia", "Licor de hierbas de Galicia/Licor de herbas de Galicia" y "Licor Café de Galicia"; todos ellos procedentes de Galicia".Podrá aportar nueva lista completa de productos(en formulario oficial) recogiendo de nuevo todos los solicitados inicialmente, incluyendo las correcciones sugeridas
Motivos: 04) POR OPOSICION BASADA EN:- Articulo 5.1. g),h) de la Ley de Marcas 17/2001, de 7 de diciembre
Motivos: 05) POR OBSERVACIONES DE TERCERO BASADAS EN:- Articulo 5.1. g),h) de la Ley de Marcas 17/2001, de 7 de diciembre
La información sobre la marca O GALEGO PROFUNDO que aparece en esta página procede de las publicaciones digitales del Boletín Oficial de la Propiedad Industrial, editado por la Oficina Española de Patentes y Marcas.