Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 01 de junio del 2022 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo Nación Mancha, bajo la titularidad de EASIEST SL.
Expediente: M-4137695
Tipo Marca: Denominativa
Tipo Modalidad: Marca
Titular: EASIEST SL
Identificado de publicación: 6832057
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4137695
Fecha de resolución: 25/05/2022
Clases: 35, 39
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS
Motivos: 01) Art. 12.3 de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre) y arts. 3.2 y 3.6 de su Reglamento de ejecución (Real Decreto 687/2002, de 12 de julio). Los servicios pertenecientes a las clases 35 y 39 están definidos y clasificados incorrectamente. En concreto;"CONSULTORÍA EN DIGITALIZACIÓN" se encuentra mal definido y mal clasificado. Debe concretar los servicios que solicita en la clase 42 utilizando las descripciones de la Clasificación Internacional, sin ampliar el ámbito de la protección inicialmente solicitado."COMUNICACIÓN" es inespecífico y en función de lo que solicite, es posible que también mal clasificado. Debe concretar los servicios de "comunicación" que solicita en su clase correspondiente, utilizando las descripciones de la Clasificación Internacional, sin ampliar el ámbito de la protección inicialmente solicitado."PERIODISMO" se encuentra mal clasificado, pudiendo solicitarse como "Servicios de periodismo" en la clase 41."DIVULGACIÓN CULTURAL" se encuentra mal definido y mal clasificado, pudiendo solicitarse como "suministro de información sobreactividades culturales" en la clase 41."PLANES ESTRATÉGICOS DE TURISMO" se encuentra mal definido, puesto que un "plan" no es un servicio, puede solicitarse como "Planificación y organización de viajes"."ENOTURISMO" es inespecífico, pudiendo solicitarse como "Servicio de reserva de viajes de enoturismo""TURISMO LITERARIO" es inespecífico, pudiendo solicitarse como "Servicio de reservade viajes de turismo literario".Puede consultar nuestra herramienta de clasificación "Clinmar" a través del siguiente enlace: http://consultas2.oepm.es/clinmar/inicio.action En caso de que decida solicitar nuevas clases para subsanar los defectos señalados, deberá abonar los importes correspondientes a la segunda clase y siguientes, que experimentarán una reducción del 15% si tanto el trámite como el pago se realizan de forma electrónica (art. 12.2 de la Ley en relación con tarifa primera 1.1: tasa ME17 si tanto el trámite como el pago se realizan electrónicamente y tasa MT17 en caso contrario).Debe presentar, por tanto, un nuevo listado COMPLETO de servicios definiéndolos y clasificándolos correctamente de conformidad con la Clasificación Internacional. LA NUEVA LISTA DEBE INCLUIR, ADEMÁS DE LAS CORRECCIONES SEÑALADAS, EL RESTO DE SERVICIOS CORRECTAMENTE SOLICITADOS INICIALMENTESi no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud en lo referente a los productos / servicios afectados (art. 9.2 y 9.6 del Reglamento). Si no se subsanase en plazo la falta de pago de la tasa de solicitud o el pago incompleto de la misma, se tendrá por desistida la solicitud con respecto de la/s clase/s para la/s que no se hubiese abonado latasa de solicitud o se hubiese abonado parcialmente. A falta de indicación del solicitante se considerarán pagadas las clases incluidas en primer lugar en la solicitud (art. 9.4 del Reglamento)