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Información sobre la marca MI SABOR A COLOMBIA EUROPA con el número de expediente de la Oficina Española e Patentes y Marcas M-4145038.

Marca

MI SABOR A COLOMBIA EUROPA

M-4145038

Titular
Nombre

Persona física. Consultar en la OEPM

Productos o servicios solicitados según clasificación NIZA
  • 30 CAFE, TE, CACAO Y SUCEDANEOS DEL CAFE; ARROZ, PASTAS ALIMENTICIAS Y FIDEOS;TAPIOCA Y SAGU; HARINAS Y PREPARACIONES A BASE DE CEREALES; PAN, PRODUCTOS E PASTELERIA Y CONFITERIA; CHOCOLATE; HELADOS CREMOSOS, SORBETES Y OTROS HEADOS; AZUCAR, MIEL, JARABE DE MELAZA; LEVADURA, POLVOS DE HORNEAR; SAL, PROUCTOS PARA SAZONAR, ESPECIAS, HIERBAS EN CONSERVA; VINAGRE, SALSAS Y OTROS ONDIMENTOS; HIELO; AZUCAR PARA PREPARAR CONSERVAS DE FRUTAS; CONSERVAS DE PSTAS; CARAMELOS [DULCES]; CARAMELOS DUROS [DULCES]; DULCES; DULCES A BASE D HELADO; DULCES [CARAMELOS]; DULCES CON SABOR A MENTA (QUE NO SEAN MEDICINAES); DULCES CONGELADOS A BASE DE LACTEOS; DULCES DE AZUCAR (NO MEDICINALES ); DULCES DE HELADO; DULCES FRITOS (NO MEDICINALES); DULCES NO MEDICINALES
Tramitaciones realizadas
FechaTramitación
2021-11-12 Efectuado tram. Art.18.4 ley sin detectar anterioridades relevantes.
2021-11-19 Publicacion de solicitud.


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Resumen cronológico de publicaciones en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial sobre la marca MI SABOR A COLOMBIA EUROPA


  • Denegación total de marca

    Expediente:  M-4145038

    Tipo Marca:  Denominativa

    Tipo Modalidad:  Marca

    Identificado de publicación:  6995584

    Modalidad del signo distintivo:  M

    Número de solicitud:  4145038

    Fecha de resolución:  15/09/2022

    Clases denegadas:  30

    Fecha publicación de la solicitud:  19/11/2021

    Fuente: Boletín Oficial de la Propiedad Industrial 
    Fecha inscripción: 22/09/2022. Núm. 6995584. Tomo: 1 Anuncio:6995584 
  • Suspenso de fondo de marca

    Expediente:  M-4145038

    Tipo Marca:  Denominativa

    Tipo Modalidad:  Marca

    Identificado de publicación:  6861740

    Modalidad del signo distintivo:  M

    Número de solicitud:  4145038

    Fecha de resolución:  09/06/2022

    Clases:  30

    Motivos:  DEFECTOS O MOTIVOS

    Motivos:  01) La marca solicitada se halla incursa, para todos los productos solicitados, en la prohibición del artículo 5.1.g) de la Ley 17/2001 de 7 de diciembre, de Marcas, al poder inducir a error al público consumidor sobre el origen de los productos reivindicados, toda vez que en la denominación aparece como origen de los productos, "Colombia". La forma de subsanar será la indicada en último párrafo.La marca solicitada se halla, asimismo, incursa para "café, productos de pastelería y confitería; helados cremosos, sorbetes y otros helados; Caramelos [dulces]; Caramelos duros [dulces]; Dulces; Dulces a base de helado; Dulces [caramelos]; Dulces congelados a base de lácteos; Dulces de azúcar (Nomedicinales -); Dulces de helado; Dulces fritos (no medicinales); Dulces no medicinales" de la clase 30, en la prohibición del art. 5.1.g) de la Ley de Marcas, toda vez que incluye en su denominaciónel término "COLOMBIA", y puede inducir al público a pensar erróneamente que los productos solicitados de la clase 30 están amparados por la I.G.P.. "Café de Colombia". La forma de subsanar será la indicada en el párrafo siguiente

    Motivos:  02) El signo solicitado se halla incurso, para "café, productos de pastelería y confitería; heladoscremosos, sorbetes y otros helados; Caramelos [dulces]; Caramelos duros [dulces]; Dulces; Dulces a base de helado; Dulces [caramelos]; Dulces congelados a base de lácteos; Dulces de azúcar (No medicinales -); Dulces de helado; Dulces fritos (no medicinales); Dulces no medicinales" de la clase 30, en la prohibición del art. 5.1.h) de la Ley de Marcas, al estar excluido de registro en virtud del art. 13.1 del Reglamento (UE) 1151/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de noviembre que confiere protección a las denominaciones de origen e indicaciones geográficas, toda vez que incluye en su denominación el término "Colombia", que evoca la I.G.P. "Café de Colombia". sin que sin que se haya limitado la lista de actividades en el sentido de indicar que los productos solicitados en clase 30, están amparados por la I.G.P. "Café de Colombia". Podrá subsanarse todos estos defectos señalados indicando: "café, amparado por la I.G.P. Café de Colombia; "productos de pastelería y confitería; helados cremosos, sorbetes y otros helados; Caramelos [dulces]; Caramelos duros [dulces]; Dulces; Dulces a base de helado; Dulces [caramelos]; Dulces congelados a base de lácteos; Dulces de azúcar (No medicinales -); Dulces de helado; Dulces fritos (no medicinales); Dulces no medicinales. Todos los anteriores que contengan café, café amparado por la I.G.P. Café de Colombia". Asimismo, deberá eliminarse del listado los "sucedáneos de café" ya que éstos son un producto de inferior calidad respecto al café y por lo tanto no podrán estar amparados por la IGP "Café de Colombia". El listado definitivo quedaría de la siguiente manera: "café, amparado por la I.G.P. Café de Colombia; "productos de pastelería y confitería; helados cremosos, sorbetes y otros helados; Caramelos [dulces]; Caramelos duros [dulces]; dulces; dulces a base de helado; dulces [caramelos]; dulces congelados a base de lácteos; dulces de azúcar (No medicinales -); dulces de helado; dulces fritos (no medicinales); dulces no medicinales. Todos los anteriores que contengan café, café amparado por la I.G.P. Café de Colombia; te, cacao; arroz, pastas alimenticias y fideos; tapioca y sagú; harinas y preparaciones a base de cereales; pan; chocolate; azúcar, miel, jarabe de melaza; levadura, polvos de hornear; sal, productos para sazonar, especias, hierbas en conserva; vinagre, salsas y otros condimentos; hielo; azúcar para preparar conservas de frutas; conservas de pastas; dulces con sabor a menta (que no sean medicinales)"

    Motivos:  03) POR OPOSICION BASADA EN:- Articulo 5.1. g),h) de la Ley de Marcas 17/2001, de 7 de diciembre.- Articulo 9.3. de la Ley de Marcas 17/2001, de 7 de diciembre

    Fuente: Boletín Oficial de la Propiedad Industrial 
    Fecha inscripción: 16/06/2022. Núm. 6861740. Tomo: 1 Anuncio:6861740 
  • Solicitud de registro de marca

    Expediente:  M-4145038

    Tipo Modalidad:  Marca

    Identificado de publicación:  6493871

    Modalidad del signo distintivo:  M

    Número de solicitud:  4145038

    Fecha de desposito regular:  07/11/2021

    Tipo de signo distintivo:  W

    Denominación:  MI SABOR A COLOMBIA EUROPA

    Productos/Servicios o Activadades según la clasificación de Viena:  30-CAFE, TE, CACAO Y SUCEDANEOS DEL CAFE; ARROZ, PASTAS ALIMENTICIAS Y FIDEOS; TAPIOCA Y SAGU; HARINAS Y PREPARACIONES A BASE DE CEREALES; PAN, PRODUCTOS DE PASTELERIA Y CONFITERIA; CHOCOLATE; HELADOS CREMOSOS, SORBETES Y OTROS HELADOS; AZUCAR, MIEL, JARABE DE MELAZA; LEVADURA, POLVOS DE HORNEAR; SAL, PRODUCTOS PARA SAZONAR, ESPECIAS, HIERBAS EN CONSERVA; VINAGRE, SALSAS Y OTROS CONDIMENTOS; HIELO; AZUCAR PARA PREPARAR CONSERVAS DE FRUTAS; CONSERVAS DE PASTAS; CARAMELOS [DULCES]; CARAMELOS DUROS [DULCES]; DULCES; DULCES A BASE DE HELADO; DULCES [CARAMELOS]; DULCES CON SABOR A MENTA (QUE NO SEAN MEDICINALES); DULCES CONGELADOS A BASE DE LACTEOS; DULCES DE AZUCAR (NO MEDICINALES -); DULCES DE HELADO; DULCES FRITOS (NO MEDICINALES); DULCES NO MEDICINALES

    Fuente: Boletín Oficial de la Propiedad Industrial 
    Fecha inscripción: 19/11/2021. Núm. 6493871. Tomo: 1 Anuncio:6493871 

La información sobre la marca MI SABOR A COLOMBIA EUROPA que aparece en esta página procede de las publicaciones digitales del Boletín Oficial de la Propiedad Industrial, editado por la Oficina Española de Patentes y Marcas.