Información sobre la marca MEXINOL con el número de expediente de la Oficina Española e Patentes y Marcas M-4335372.
M-4335372
Expediente OEPM M-4335372 Tipo Denominativa Fecha solicitud 31/08/2025 Estado En tramitación |
Persona física. Consultar en la OEPM
| Fecha | Tramitación |
|---|---|
| 2025-12-04 | Publ.Suspenso solicitud de f.Resol: 27/11/2025. |
Resumen cronológico de publicaciones en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial sobre la marca MEXINOL
Expediente: M-4335372
Tipo Marca: Denominativa
Tipo Modalidad: Marca
Identificado de publicación: 8999963
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4335372
Otra información: Y OTROS
Fecha de desposito regular: 31/08/2025
Tipo de signo distintivo: W
Denominación: MEXINOL
Productos/Servicios o Activadades según la clasificación de Viena: 01-PRODUCTOS QUÍMICOS PARA LA INDUSTRIA, LA CIENCIA Y LA FOTOGRAFÍA, ASÍ COMO PARA LA AGRICULTURA, LA HORTICULTURA Y LA SILVICULTURA; RESINAS ARTIFICIALES EN BRUTO, MATERIAS PLÁSTICAS EN BRUTO; COMPUESTOS PARA LA EXTINCIÓN DE INCENDIOS Y LA PREVENCIÓN DE INCENDIOS; PREPARACIONES PARA TEMPLAR Y SOLDAR METALES; SUSTANCIAS PARA CURTIR CUEROS Y PIELES DE ANIMALES; ADHESIVOS (PEGAMENTOS) PARA LA INDUSTRIA; MASILLAS Y OTRAS MATERIAS DE RELLENO EN PASTA; COMPOST, ABONOS, FERTILIZANTES; PREPARACIONES BIOLÓGICAS PARA LA INDUSTRIA Y LA CIENCIA
Expediente: M-4335372
Tipo Modalidad: Marca
Identificado de publicación: 8896294
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4335372
Otra información: Y OTROS
Fecha de resolución: 27/11/2025
Irregularidades: - El interesado, al no tener ni domicilio ni establecimiento industrial o comercial efectivo y serio en el Espacio Económico Europeo (art 56.2 del Reglamento de la Ley de Marcas aprobado por Real Decr eto 687/2002, de 12 de julio), debe estar representado por Agente de la Propiedad Industrial (art.17 5.2 de la Ley 24/2015, de 24 de julio, de Patentes). En consecuencia, debe aportarse el correspondie nte poder de representación, personándose en este expediente el Agente que se designe. En el caso d e no subsanar este defecto, se le tendrá por desistido de esta solicitud, dado que el solicitante no está habilitado para intervenir por sí mismo en este procedimiento. Se recuerda que como contestación a este suspenso de forma solo se podrá modificar subsanando los de fectos señalados en el suspenso, retirar, limitar, o dividir la solicitud, según establece el artícu lo 9.2 del Reglamento para la ejecución de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas
La información sobre la marca MEXINOL que aparece en esta página procede de las publicaciones digitales del Boletín Oficial de la Propiedad Industrial, editado por la Oficina Española de Patentes y Marcas.