Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 06 de abril del 2026 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo MANZANILLA CACEREÑA, bajo la titularidad de ASOCIACION DE OLIVAREROS DE ACEITUNA MANZANILLA CACEREÑA.
Expediente: M-4308460
Tipo Marca: Denominativa
Tipo Modalidad: Marca
Titular: ASOCIACION DE OLIVAREROS DE ACEITUNA MANZANILLA CACEREÑA
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS 01) Este segundo suspenso es complementario del dictado el 24.03.2026. 02) La marca solicitada se halla incursa en la prohibición del art. 5.1.g) de la Ley de Marcas (Ley17/2001, de 7 de diciembre). Este artículo establece que no podrán registrarse como marca los signos que puedan inducir al público a error, por ejemplo, sobre la naturaleza, la calidad o el origen geográfico del producto o servicio.En concreto, el signo solicitado puede inducir al público a error sobre la procedencia geográfica de los productos reivindicados al mencionarse en la denominación la palabra "Cacereña", sin que tal procedencia se haya reflejado en el listado de productos y servicios. Podrá subsanar este defecto limitando el listado de productos y servicios, clases 29 y 31, en el sentido siguiente: "Todas las anteriores son procedentes de Cáceres"
Identificado de publicación: 9126676
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4308460
Fecha de resolución: 26/03/2026
Clases: 29, 31