Información sobre la marca LISVIV con el número de expediente de la Oficina Española e Patentes y Marcas M-4330557.
M-4330557
![]() | Expediente OEPM M-4330557 Tipo Figurativa Fecha solicitud 24/07/2025 Estado En tramitación |
Persona física. Consultar en la OEPM
| Fecha | Tramitación |
|---|---|
| 2025-11-11 | Publ.Suspenso solicitud de f.Resol: 03/11/2025. |
Resumen cronológico de publicaciones en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial sobre la marca LISVIV
Expediente: M-4330557
Tipo Marca: Figurativa
Tipo Modalidad: Marca
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4330557
Fecha resolución concesión: 25/06/2026
Fecha publicación de la solicitud: 10/12/2025
Clases Concedidas: 03, 20, 25
Identificado de publicación: 9316353
Expediente: M-4330557
Tipo Marca: Figurativa
Tipo Modalidad: Marca
Identificado de publicación: 8904340
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4330557
Fecha de desposito regular: 24/07/2025
Tipo de signo distintivo: F
Denominación: LISVIV
Clasificación de elementos figurativos: 011501031301270501290115
Productos/Servicios o Activadades según la clasificación de Viena: 03-PRODUCTOS COSMETICOS Y PREPARACIONES DE TOCADOR NO MEDICINALES; DENTIFRICOS NO MEDICINALES; PRODUCTOS DE PERFUMERIA, ACEITES ESENCIALES; PREPARACIONES PARA BLANQUEAR Y OTRAS SUSTANCIAS PARA LAVAR LA ROPA; PREPARACIONES PARA LIMPIAR, PULIR Y RASPAR; PRENDAS DE VESTIR Y ACCESORIOS<br/>20-ARTÍCULOS DE DECORACIÓN DE INTERIORES<br/>25-PRENDAS DE VESTIR
Expediente: M-4330557
Tipo Modalidad: Marca
Identificado de publicación: 8837899
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4330557
Fecha de resolución: 03/11/2025
Irregularidades: La lista de productos y servicios contiene productos y/o servicios definidos y/o clasificados incorr ectamente (art. 12.3 de la Ley 17/2001 de Marcas y art.3 de su Reglamento). En concreto:"PRENDAS DE VESTIR" pertenece a la clase 25."ACCESORIOS" es impreciso, debe concretar de que accesorios se trata.El resto de productos y servicios están correctamente definidos y clasificados.Pued e consultar la herramienta CLINMAR para corregir los servicios y/o productos afectados: https://cons ultas2.oepm.es/clinmar/inicio.actionPor cada nueva clase resultante deberá abonar 82,84 euros (t asa ME17). Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida l a solicitud únicamente respecto a los productos y/o servicios afectados (art. 9.6 del Reglamento). Se recuerda que como contestación a este suspenso de forma solo se podrá modificar subsanando los defectos señalados en el suspenso, retirar, limitar, o dividir la solicitud, según establece el artí culo 9.2 del Reglamento para la ejecución de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas
La información sobre la marca LISVIV que aparece en esta página procede de las publicaciones digitales del Boletín Oficial de la Propiedad Industrial, editado por la Oficina Española de Patentes y Marcas.