Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 09 de marzo del 2026 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo KEPI.
Expediente: M-4347363
Tipo Modalidad: Marca
Identificado de publicación: 9066181
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4347363
Fecha de resolución: 02/03/2026
Irregularidades: - El interesado, al no tener ni domicilio ni establecimiento industrial o comercial efectivo y serio en el Espacio Económico Europeo (art 56.2 del Reglamento de la Ley de Marcas aprobado por Real Decr eto 687/2002, de 12 de julio), debe estar representado por Agente de la Propiedad Industrial (art.17 5.2 de la Ley 24/2015, de 24 de julio, de Patentes). En consecuencia, debe aportarse el correspondie nte poder de representación, personándose en este expediente el Agente que se designe. En el caso d e no subsanar este defecto, se le tendrá por desistido de esta solicitud, dado que el solicitante no está habilitado para intervenir por sí mismo en este procedimiento. 2.- El apartado "DESCRIPCIÓN ESCRITA DE LA MARCA" debe limitarse exclusivamente a definir las caract erísticas del distintivo, no debiéndose incluir otros comentarios (art. 2.2 del Reglamento de Ejecuc ión de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas). Este apartado es de cumplimentación facultativ a, por lo que puede eliminar estas indicaciones.3.- La lista de productos y servicios contiene p roductos y/o servicios definidos y/o clasificados incorrectamente (art. 12.3 de la Ley 17/2001 de Ma rcas y art.3 de su Reglamento). En concreto:"servicios de DJ; producción, grabación, mezcla y difu sión de música; promoción y representación de artistas; servicios educativos y formativos relacionad os con la música, la mezcla y la producción musical; realización de cursos, talleres y clases de DJ y técnicas de mezcla" es imprecios debe eliminarlo de la lista de productos y servicios y ajustarse a la clasificación de NIZA Puede quedar definido y clasificado como-"Producción de grabacion es de sonido y música" y pertenece al clase 41-"Difusión de música " y pertenece a la clase 38-" servicios de DJ" como "Servicios de disc-jockey" y pertenece a la clase 41 -"Representación de art istas del espectáculo" y pertenece a la clase 35 -"servicios educativos y formativos relacionados con la música, la mezcla y la producción musical; realización de cursos, talleres y clases de DJ y d isc-jockey " como -"servicios educativos y formativos relacionados con la música, la mezcla y la p roducción musical; realización de cursos, talleres y clases de disc-jockey y técnicas de mezclas d e música" y pertenece a la clase 41Por cada nueva clase resultante deberá abonar 82,84 euros (ta sa ME17) si el trámite y el pago se realizan electrónicamenteSe recuerda que como contestación a este suspenso de forma solo se podrá modificar subsanando los defectos señalados en el suspenso, re tirar, limitar, o dividir la solicitud, según establece el artículo 9.2 del Reglamento para la ejecu ción de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de MarcasApórtese un nuevo listado consignándolos cor rectamente. Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud únicamente respecto a los productos y/o servicios afectados (art. 9.6 del Reglamento).Puede con sultar la herramienta CLINMAR para elaborar su lista de productos y servicios:https://consultas2.o epm.es/clinmar/inicio.actionSe recuerda que como contestación a este suspenso de forma solo se p odrá modificar subsanando los defectos señalados en el suspenso, retirar, limitar, o dividir la soli citud, según establece el artículo 9.2 del Reglamento para la ejecución de la Ley 17/2001, de 7 de d iciembre, de Marcas