Información sobre la marca KEPI con el número de expediente de la Oficina Española e Patentes y Marcas M-4347363.
M-4347363
Expediente OEPM M-4347363 Tipo Figurativa Fecha solicitud 10/11/2025 Estado En tramitación |
Marca figurativa compuesta por la palabra kepi acompañada de un diseño con alas y simbolo central decorativo. Representa una identidad artistica y musical.
Persona física. Consultar en la OEPM
| Fecha | Tramitación |
|---|---|
| 2026-03-09 | Publ.Suspenso solicitud de f.Resol: 02/03/2026. |
Resumen cronológico de publicaciones en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial sobre la marca KEPI
Expediente: M-4347363
Tipo Marca: Figurativa
Tipo Modalidad: Marca
Descripcion Distintivo: Marca figurativa compuesta por la palabra kepi acompañada de un diseño con alas y simbolo central decorativo. Representa una identidad artistica y musical
Identificado de publicación: 9254307
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4347363
Fecha del acuerdo: 26/05/2026
Expediente: M-4347363
Tipo Modalidad: Marca
Identificado de publicación: 9066181
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4347363
Fecha de resolución: 02/03/2026
Irregularidades: - El interesado, al no tener ni domicilio ni establecimiento industrial o comercial efectivo y serio en el Espacio Económico Europeo (art 56.2 del Reglamento de la Ley de Marcas aprobado por Real Decr eto 687/2002, de 12 de julio), debe estar representado por Agente de la Propiedad Industrial (art.17 5.2 de la Ley 24/2015, de 24 de julio, de Patentes). En consecuencia, debe aportarse el correspondie nte poder de representación, personándose en este expediente el Agente que se designe. En el caso d e no subsanar este defecto, se le tendrá por desistido de esta solicitud, dado que el solicitante no está habilitado para intervenir por sí mismo en este procedimiento. 2.- El apartado "DESCRIPCIÓN ESCRITA DE LA MARCA" debe limitarse exclusivamente a definir las caract erísticas del distintivo, no debiéndose incluir otros comentarios (art. 2.2 del Reglamento de Ejecuc ión de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas). Este apartado es de cumplimentación facultativ a, por lo que puede eliminar estas indicaciones.3.- La lista de productos y servicios contiene p roductos y/o servicios definidos y/o clasificados incorrectamente (art. 12.3 de la Ley 17/2001 de Ma rcas y art.3 de su Reglamento). En concreto:"servicios de DJ; producción, grabación, mezcla y difu sión de música; promoción y representación de artistas; servicios educativos y formativos relacionad os con la música, la mezcla y la producción musical; realización de cursos, talleres y clases de DJ y técnicas de mezcla" es imprecios debe eliminarlo de la lista de productos y servicios y ajustarse a la clasificación de NIZA Puede quedar definido y clasificado como-"Producción de grabacion es de sonido y música" y pertenece al clase 41-"Difusión de música " y pertenece a la clase 38-" servicios de DJ" como "Servicios de disc-jockey" y pertenece a la clase 41 -"Representación de art istas del espectáculo" y pertenece a la clase 35 -"servicios educativos y formativos relacionados con la música, la mezcla y la producción musical; realización de cursos, talleres y clases de DJ y d isc-jockey " como -"servicios educativos y formativos relacionados con la música, la mezcla y la p roducción musical; realización de cursos, talleres y clases de disc-jockey y técnicas de mezclas d e música" y pertenece a la clase 41Por cada nueva clase resultante deberá abonar 82,84 euros (ta sa ME17) si el trámite y el pago se realizan electrónicamenteSe recuerda que como contestación a este suspenso de forma solo se podrá modificar subsanando los defectos señalados en el suspenso, re tirar, limitar, o dividir la solicitud, según establece el artículo 9.2 del Reglamento para la ejecu ción de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de MarcasApórtese un nuevo listado consignándolos cor rectamente. Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud únicamente respecto a los productos y/o servicios afectados (art. 9.6 del Reglamento).Puede con sultar la herramienta CLINMAR para elaborar su lista de productos y servicios:https://consultas2.o epm.es/clinmar/inicio.actionSe recuerda que como contestación a este suspenso de forma solo se p odrá modificar subsanando los defectos señalados en el suspenso, retirar, limitar, o dividir la soli citud, según establece el artículo 9.2 del Reglamento para la ejecución de la Ley 17/2001, de 7 de d iciembre, de Marcas
La información sobre la marca KEPI que aparece en esta página procede de las publicaciones digitales del Boletín Oficial de la Propiedad Industrial, editado por la Oficina Española de Patentes y Marcas.