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Información sobre la marca K-BOO con el número de expediente de la Oficina Española e Patentes y Marcas M-4347472.

Marca
K-BOO

M-4347472

Titular
Nombre

Persona física. Consultar en la OEPM

Productos o servicios solicitados según clasificación NIZA
  • 35 SERVICIOS DE VENTA AL POR MAYOR, EL POR MENOR EN COMERCIOS, Y/O A TRAVES DEREDES MUNDIALES DE INFORMATICA DE DISCOS MUSICALES, ARTICULOS DE PAPELERIA,ARTICULOS TEXTILES, PRENDAS DE VESTIR, CALZADO Y PRODUCTOS DE MERCHANDISINGRELACIONADOS CON LA MUSICA
Tramitaciones realizadas
FechaTramitación
2026-02-13 Contestacion al suspenso publicado el: 16/02/2026.
2026-02-16 Publ.Suspenso solicitud de f.Resol: 09/02/2026.


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Resumen cronológico de publicaciones en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial sobre la marca K-BOO

  • Solicitud de registro de marca

    Expediente:  M-4347472

    Tipo Marca:  Figurativa

    Tipo Modalidad:  Marca

    Identificado de publicación:  9104628

    Modalidad del signo distintivo:  M

    Número de solicitud:  4347472

    Fecha de desposito regular:  11/11/2025

    Tipo de signo distintivo:  F

    Denominación:  K-BOO

    Clasificación de elementos figurativos:  020901040505260116270517290104290108

    Productos/Servicios o Activadades según la clasificación de Viena:  35-SERVICIOS DE VENTA AL POR MAYOR, EL POR MENOR EN COMERCIOS, Y/O A TRAVES DE REDES MUNDIALES DE INFORMATICA DE DISCOS MUSICALES, ARTICULOS DE PAPELERIA, ARTICULOS TEXTILES, PRENDAS DE VESTIR Y CALZADO

    Fuente: Boletín Oficial de la Propiedad Industrial 
    Fecha inscripción: 25/03/2026. Núm. 9104628. Tomo: 1 Anuncio:9104628 
  • Solicitud de marca suspendida

    Expediente:  M-4347472

    Tipo Modalidad:  Marca

    Identificado de publicación:  9013437

    Modalidad del signo distintivo:  M

    Número de solicitud:  4347472

    Fecha de resolución:  09/02/2026

    Irregularidades:  La lista de productos y servicios adolece de falta de claridad y precisión (art. 12.3 de la Ley 17/2 001, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3.3 de su Reglamento). En concreto: -"productos de merch andising relacionados con la música " es impreciso. Además, el término "merchandising" no se admite por no estar en castellano. Debe de redefinirlo ajustándose a la Clasificación.Apórtese un nuevo listado consignándolos correctamente. Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud únicamente respecto a los productos y/o servicios afectados (art. 9.6 de l Reglamento).Puede consultar la herramienta CLINMAR para elaborar su lista de productos y servi cios:https://consultas2.oepm.es/clinmar/inicio.actionPor cada nueva clase resultante deberá abonar 82,84 euros (tasa ME17) si el trámite y el pago se realizan electrónicamente. Si no se subsan ase en plazo la falta de pago, se tendrá por desistida la solicitud respecto a la/s clase/s para la/ s que no se hubiese abonado la totalidad de la tasa.SE RECUERDA QUE COMO CONTESTACIÓN A ESTE SUS PENSO DE FORMA SOLO SE PODRÁ MODIFICAR SUBSANANDO LOS DEFECTOS SEÑALADOS EN EL SUSPENSO, RETIRAR, LI MITAR, O DIVIDIR LA SOLICITUD, SEGÚN ESTABLECE EL ARTÍCULO 9.2 DEL REGLAMENTO PARA LA EJECUCIÓN DE L A LEY 17/2001, DE 7 DE DICIEMBRE, DE MARCAS

    Fuente: Boletín Oficial de la Propiedad Industrial 
    Fecha inscripción: 16/02/2026. Núm. 9013437. Tomo: 1 Anuncio:9013437 

La información sobre la marca K-BOO que aparece en esta página procede de las publicaciones digitales del Boletín Oficial de la Propiedad Industrial, editado por la Oficina Española de Patentes y Marcas.