Información sobre el nombre comercial Jewelcustom, registro solicitado por la empresa FRANCISCO PEREZ E HIJOS SL con el número de expediente de la Oficina Española e Patentes y Marcas N-0484445.
N-0484445
Expediente OEPM N-0484445 Tipo Denominativa Fecha solicitud 09/04/2025 Estado En tramitación |
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| Fecha | Tramitación |
|---|---|
| 2025-06-13 | Publ.Suspenso solic.De f.Resol 06/06/2025. |
Resumen cronológico de publicaciones en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial sobre el nombre comercial Jewelcustom
Expediente: N-0484445
Tipo Marca: Denominativa
Tipo Modalidad: Nombre Comercial
Titular: FRANCISCO PEREZ E HIJOS SL
Identificado de publicación: 9106313
Modalidad del signo distintivo: N
Número de solicitud: 0484445
Fecha de resolución: 18/03/2026
Clases: 14
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS 01) La solicitud del Nombre Comercial presenta defectos en relación con los arts. 12.3 y 87.3 de laLey de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre) y art. 3.2 de su Reglamento de Ejecución (Real Decreto 687/2002, de 12 de julio); ya que las actividades no están correctamente definidas. En concreto:Cl.14: COLLARES; ANILLOS; PULSERAS: Es impreciso, debería ser: COLLARES (JOYERÍA); ANILLOS (JOYERÍA); PULSERAS (JOYERÍA).EL RESTO DE LOS PRODUCTOS DE LA CLASE 14 SON CORRECTOS Y DEBERÁ VOLVER AINCLUIRLOS EN LA NUEVA SOLICITUD.Debe presentar, por tanto, un nuevo listado completo de las actividades solicitadas describiéndolas correctamente siguiendo la Clasificación Internacional de Productos y Servicios (Clasificación de Niza). Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados setendrá por desistida la solicitud en lo referente a las actividades afectadas (art 9.2 y 9.6 del Reglamento).Si desea consultar el listado de clases de la Clasificación Internacional, tiene a su disposición nuestra herramienta de clasificación CLINMAR accediendo a nuestra página web: https://consultas2.oepm.es/clinmar/inicio.action. 02) El nombre comercial solicitado se halla incurso en la prohibición del art. 5.1.b) en relación con el art. 88.b) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre); al carecer de carácter distintivo, por consistir en una denominación descriptiva, aunque esté en inglés, de las actividades reivindicadas, que no permitirá al consumidor identificar dicho signo con una concreta procedencia empresarial. 03) El nombre comercial solicitado se halla incurso en la prohibición del artículo 5.1.c) en relación con el art. 88.b) de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas; al estar compuesto exclusivamente, de signos o indicaciones que pueden servir en el comercio para designar las actividades reivindicadas, toda vez que la denominación, aunque esté en inglés, constituye una referencia directa a losproductos ofrecidos, sin que el signo contenga ningún elemento gráfico o denominativo significativo, que permita al consumidor distinguir su origen empresarial de otros similares, para productos similares.Puede contestar a este acuerdo de suspenso de fondo, alegando lo que considere adecuado
Expediente: N-0484445
Tipo Marca: Denominativa
Tipo Modalidad: Nombre Comercial
Titular: FRANCISCO PEREZ E HIJOS SL
Número de solicitud: 0484445
Identificado de publicación: 8733605
Modalidad del signo distintivo: N
Fecha de desposito regular: 09/04/2025
Tipo de signo distintivo: W
Denominación: Jewelcustom
Productos/Servicios o Activadades según la clasificación de Viena: 14-ARTÍCULOS DE JOYERÍA, PIEDRAS PRECIOSAS Y SEMIPRECIOSAS; ARTÍCULOS DE JOYERÍA Y BISUTERÍA; JOYAS PERSONALIZADAS; COLLARES; ANILLOS; PULSERAS; PENDIENTES; DIJES
Expediente: N-0484445
Tipo Modalidad: Nombre Comercial
Identificado de publicación: 8602260
Modalidad del signo distintivo: N
Número de solicitud: 0484445
Fecha de resolución: 06/06/2025
Irregularidades: La lista de productos y servicios contiene productos y/o servicios incorrectamente definidos (art. 1 2.3 de la Ley 17/2001 de Marcas y art.3 de su Reglamento). En concreto:-"accesorios de moda; com plementos de moda" en la clase 14 tiene carácter impreciso, debe concretar qué productos desea, ajus tándose a la Clasificación Internacional de Niza.-"collares, anillos, pulseras, pendientes, dije s y otros accesorios de moda elaborados con metales preciosos" en la clase 14 puede quedar definido como "collares, anillos, pulseras, pendientes, dijes y otros artículos de joyería elaborados con met ales preciosos"-"piedras naturales, sintéticas o semipreciosas" en la clase 14 puede quedar defini do como "Piedras preciosas naturales, sintéticas y piedras semipreciosas"Apórtese un nuevo lista do consignándolos correctamente.Puede consultar la herramienta CLINMAR para elaborar su lista de p roductos y servicios:https://consultas2.oepm.es/clinmar/inicio.actionSe recuerda que como co ntestación a este suspenso de forma solo se podrá modificar subsanando los defectos señalados en el suspenso, retirar, limitar, o dividir la solicitud, según establece el artículo 9.2 del Reglamento p ara la ejecución de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas
La información sobre el nombre comercial Jewelcustom que aparece en esta página procede de las publicaciones digitales del Boletín Oficial de la Propiedad Industrial, editado por la Oficina Española de Patentes y Marcas.