Información sobre el nombre comercial ITALIANISSIMO, registro solicitado por la empresa LOGISTAR SPAIN SL con el número de expediente de la Oficina Española e Patentes y Marcas N-0466177.
N-0466177
![]() | Expediente OEPM N-0466177 Tipo Figurativa Fecha solicitud 09/02/2024 Estado En tramitación |
CALLE SAN VICENTE46007 VALENCIA (VALENCIA)(ES) ESPAÑA
Negro, rojo, verde, gris, blanco
| Fecha | Tramitación |
|---|---|
| 2024-04-08 | Efectuado tram. Art.18.4 ley sin detectar anterioridades relevantes. |
| 2024-04-15 | Publicacion de solicitud. |
Resumen cronológico de publicaciones en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial sobre el nombre comercial ITALIANISSIMO
Expediente: N-0466177
Tipo Marca: Figurativa
Tipo Modalidad: Nombre Comercial
Titular: LOGISTAR SPAIN SL
Identificado de publicación: 8290846
Modalidad del signo distintivo: N
Número de solicitud: 0466177
Fecha de resolución: 16/01/2025
Clases denegadas: 29, 39
Fecha publicación de la solicitud: 15/04/2024
Expediente: N-0466177
Tipo Marca: Figurativa
Tipo Modalidad: Nombre Comercial
Titular: LOGISTAR SPAIN SL
Identificado de publicación: 8201916
Modalidad del signo distintivo: N
Número de solicitud: 0466177
Fecha de resolución: 13/11/2024
Clases: 29, 39
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS 01) El nombre comercial solicitado se halla incurso, para las actividades solicitadas, en la prohibición del art. 5.1.b) en relación con el art. 88.b) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre). De la aplicación conjunta de ambos artículos se deriva que no podrán registrarse como nombre comercial los signos que carezcan de carácter distintivo.En concreto, el signo solicitado carece de carácter distintivo, toda vez que se compone de un vocablo descriptivo que no es hábil para diferenciar las actividades que pretende distinguir de los de otro origen empresarial. 02) El nombre comercial solicitado se halla incurso en la prohibición del art. 5.1.c) en relación con el art. 88.b) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre). De la aplicación conjunta de ambos artículos se deriva que no podrán registrarse como nombre comercial los signos descriptivos, es decir, aquellos que se compongan exclusivamente de signos o indicaciones que puedan servir en el comercio para designar la especie, la calidad, la cantidad, el destino, el valor, la procedencia geográfica o la época de obtención del producto o de la prestación del servicio u otras características de los productos o servicios a los que se refieran las actividades solicitadas.En concreto, el signo solicitado está compuesto exclusivamente de un término descriptivo del origen geográfico de las actividades solicitadas dado que la denominación solicitada se compone de un único término, "ITALIANISSIMO", teniendo en cuenta que el elemento gráfico del distintivo solicitado no tiene entidad suficiente para eliminar ese carácter descriptivo o para otorgar carácter distintivo.Puede contestar a este acuerdo de suspenso de fondo, en lo referente a las prohibiciones del art. 5.1.b) y c), alegando lo que considere adecuado. 03) El nombre comercial solicitado se halla incurso en la prohibición del art. 5.1.g) en relación con el art. 88.b) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre). De la aplicación conjunta de ambos artículos se deriva que no podrán registrarse como nombre comercial los signos que puedan inducir al público a error, por ejemplo, sobre la naturaleza, la calidad o el origen geográfico de los productos o servicios a los que se refieren las actividades para las que se solicite.En concreto, el signo solicitado puede inducir al público a error sobre la procedencia geográfica de los productos amparados bajo el signo solicitado en clase 29, toda vez que la denominación es "ITALIANISSIMO" o "muy italiano" en castellano, sin que tales condiciones hayan sido reflejadas en la lista de productos. Para subsanar este último apartado g) deberá limitar en clase 29 a: TODOS LOS PRODUCTOS ANTES MENCIONADOS SON PROCEDENTES DE ITALIA. 04) El nombre comercial solicitado se halla incurso, para "fiambres" solicitados en clase 29, en laprohibición del art. 5.1.h) en relación con el art. 88.b) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 dediciembre). De la aplicación conjunta de ambos artículos se deriva que no podrán registrarse como nombre comercial los signos excluidos de registro en virtud de la legislación nacional o de la Unión o por acuerdos internacionales en los que sea parte la Unión o el Estado español, que confieran protección a denominaciones de origen e indicaciones geográficas.En concreto, el signo solicitado está excluido del registro en virtud del art. 26.1 del Reglamento (UE) 2024/1143 del Parlamento Europeoy del Consejo, de 11 de abril, dado que su denominación evoca la DOP "Salamini italiani alla cacciatora", sin que se haya limitado la lista de actividades en el sentido de indicar que los fiambres seencuentran amparados por la mencionada DOP. Puede subsanar esta prohibición del art. 5.1.h) limitando los fiambres a: Fiambres amparados por la DOP "Salamini italiani alla cacciatora". En el caso de que no quiera hacer la limitación, podrá eliminar "fiambres" de la lista de productos de la clase 29
Expediente: N-0466177
Tipo Modalidad: Nombre Comercial
Identificado de publicación: 7862634
Modalidad del signo distintivo: N
Número de solicitud: 0466177
Fecha de desposito regular: 09/02/2024
Tipo de signo distintivo: F
Denominación: ITALIANISSIMO
Clasificación de elementos figurativos: 260405270501290101290103
Productos/Servicios o Activadades según la clasificación de Viena: 29-CONSERVAS DE TOMATE; CONSERVAS DE VERDURAS; PRODUCTOS LACTEOS; FIAMBRES<br/>39-TRANSPORTE; EMBALAJE Y ALMACENAMIENTO DE MERCANCIAS
Colores indicados: NEGRO, ROJO, VERDE, GRIS, BLANCO
La información sobre el nombre comercial ITALIANISSIMO que aparece en esta página procede de las publicaciones digitales del Boletín Oficial de la Propiedad Industrial, editado por la Oficina Española de Patentes y Marcas.