Información sobre la marca IKIGAI by Ana con el número de expediente de la Oficina Española e Patentes y Marcas M-4353603.
M-4353603
Expediente OEPM M-4353603 Tipo Figurativa Fecha solicitud 18/12/2025 Estado En tramitación |
Persona física. Consultar en la OEPM
| Fecha | Tramitación |
|---|---|
| 2026-03-04 | Contestacion al suspenso publicado el: 10/03/2026. |
| 2026-03-10 | Publ.Suspenso solicitud de f.Resol: 03/03/2026. |
Resumen cronológico de publicaciones en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial sobre la marca IKIGAI by Ana
Expediente: M-4353603
Tipo Marca: Figurativa
Tipo Modalidad: Marca
Identificado de publicación: 9219780
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4353603
Fecha admisión retirada: 11/05/2026
Expediente: M-4353603
Tipo Marca: Figurativa
Tipo Modalidad: Marca
Identificado de publicación: 9161834
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4353603
Fecha de desposito regular: 18/12/2025
Tipo de signo distintivo: F
Denominación: IKIGAI by Ana
Clasificación de elementos figurativos: 260106270509270510290108
Productos/Servicios o Activadades según la clasificación de Viena: 18-CUERO Y CUERO DE IMITACION; PIELES DE ANIMALES; ARTICULOS DE EQUIPAJE Y BOLSAS DE TRANSPORTE; COLLARES, CORREAS Y ROPA PARA ANIMALES; BOLSOS
Expediente: M-4353603
Tipo Modalidad: Marca
Identificado de publicación: 9070422
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4353603
Fecha de resolución: 03/03/2026
Irregularidades: La lista de productos y servicios adolece de falta de claridad y precisión (art. 12.3 de la Ley 17/2 001, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3.3 de su Reglamento). En concreto: - "accesorios de cue ro" es impreciso. Apórtese un nuevo listado consignándolos correctamente. Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud únicamente respecto a los product os y/o servicios afectados (art. 9.6 del Reglamento).Puede consultar la herramienta CLINMAR para elaborar su lista de productos y servicios:https://consultas2.oepm.es/clinmar/inicio.actionPo r cada nueva clase resultante deberá abonar 82,84 euros (tasa ME17) si el trámite y el pago se reali zan electrónicamente. Si no se subsanase en plazo la falta de pago, se tendrá por desistida la solic itud respecto a la/s clase/s para la/s que no se hubiese abonado la totalidad de la tasa.Se recu erda que como contestación a este suspenso de forma solo se podrá modificar subsanando los defectos señalados en el suspenso, retirar, limitar, o dividir la solicitud, según establece el artículo 9.2 del Reglamento para la ejecución de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas
La información sobre la marca IKIGAI by Ana que aparece en esta página procede de las publicaciones digitales del Boletín Oficial de la Propiedad Industrial, editado por la Oficina Española de Patentes y Marcas.