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Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 30 de junio del 2025 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo HIVE HONEY, bajo la titularidad de 23 COLMENAS SL.


Suspenso de fondo de marca

HIVE HONEY

Expediente:  M-4286295

Tipo Marca:  Denominativa

Tipo Modalidad:  Marca

Titular:  23 COLMENAS SL

Motivos:  DEFECTOS O MOTIVOS 01) - La marca solicitada se halla incursa, para las clases solicitadas, en la prohibición del art.5.1.b) de la Ley de Marcas (Ley17/2001, de 7 de diciembre). Este artículo establece que no podrán registrarse como marca los signos que carezcan de carácter distintivo. En concreto, el signo solicitado carece de carácter distintivo toda vez que la denominación solicitada, "HIVE HONEY" (miel de colmena en español), no permite al público consumidor identificar un concreto origen empresarial, ni la diferenciación en el mercado de los productos para los que se solicita. El hecho de que la denominación aparezca en inglés no consigue salvar esta prohibición, al ser comprensible por la generalidad del público, al que se le reconoce un conocimiento elemental de esta lengua. 02) - La marca solicitada se halla incursa, para los productos "POLEN PREPARADO PARA USO ALIMENTICIO" de la clase 29 y para los productos "MIEL; PROPOLEO" de la clase 30, en la prohibición del artículo 5.1.c) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre). Este artículo establece que no podrán registrarse como marca los signos descriptivos, es decir, aquellos que se compongan exclusivamentede signos o indicaciones que puedan servir en el comercio para designar la especie, la calidad, la cantidad, el destino, el valor, la procedencia geográfica o la época de obtención del producto o de la prestación del servicio u otras características de los productos o servicios. En concreto, el signo solicitado está compuesto exclusivamente de signos o indicaciones descriptivas de la naturalezay otras características de los productos señalados en el párrafo anterior para los que se solicita el presente signo, sin contener ningún otro elemento gráfico o denominativo con la suficiente entidad para eliminar el carácter descriptivo del mismo. 03) - La marca solicitada se halla incursa, para los productos "azúcar; jarabe de melaza" de la clase 30, en la prohibición del art. 5.1.g) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre) al poder inducir al público a error sobre la naturaleza y calidad de los productos solicitados, toda vez que el distintivo contiene el término "HONEY" (miel en español), y se ha solicitado para "azúcar; jarabe de melaza".En consecuencia, se podrá subsanar este defecto eliminando de dichas lista los productos "azúcar; jarabe de melaza"

Identificado de publicación:  8632443

Modalidad del signo distintivo:  M

Número de solicitud:  4286295

Fecha de resolución:  23/06/2025

Clases:  29, 30

Boletín Oficial de la Propiedad Industrial 
Fecha inscripción: 30/06/2025 Tomo: 1 Anuncio:8632443 

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