Información sobre la marca Good Way Santiago, registro solicitado por la empresa GOOD WAY SANTIAGO SL con el número de expediente de la Oficina Española e Patentes y Marcas M-4323972.
M-4323972
Expediente OEPM M-4323972 Tipo Denominativa Fecha solicitud 13/06/2025 Estado En tramitación |
C/LISBOA, 10 PLANTA 1 LOCAL 25E15707 SANTIAGO DE COMPOSTELA (A CORUÑA)(ES) ESPAÑA
| Fecha | Tramitación |
|---|---|
| 2025-09-09 | Contestacion al suspenso publicado el: 12/09/2025. |
| 2025-09-11 | Efectuado tram. Art.18.4 ley sin detectar anterioridades relevantes. |
| 2025-09-12 | Publ.Suspenso solicitud de f.Resol: 05/09/2025. |
| 2025-09-18 | Publicacion de solicitud. |
Resumen cronológico de publicaciones en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial sobre la marca Good Way Santiago
Expediente: M-4323972
Tipo Marca: Denominativa
Tipo Modalidad: Marca
Titular: GOOD WAY SANTIAGO SL
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4323972
Fecha resolución concesión: 19/06/2026
Fecha publicación de la solicitud: 18/09/2025
Clases Concedidas: 39
Identificado de publicación: 9303444
Expediente: M-4323972
Tipo Marca: Denominativa
Tipo Modalidad: Marca
Titular: GOOD WAY SANTIAGO SL
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS 01) La marca solicitada se halla incursa en la prohibición del art. 5.1.b) de la Ley de Marcas (Ley17/2001, de 7 de diciembre). Este artículo establece que no podrán registrarse como marca los signos que carezcan de carácter distintivo.En concreto, el signo solicitado carece de carácter distintivo, toda vez que, la denominación que se propone "Good Way Santiago" (buen Camino de Santiago), se compone de vocablos carentes de distintividad (genéricos), sin ningún otro elemento, forma o denominación que permita al público consumidor identificar dicho signo con una concreta procedencia empresarial y distinguirlo dentro del mercado respecto de otras empresas. 02) La marca solicitada se halla incursa en la prohibición del art. 5.1.c) de la Ley de Marcas (Ley17/2001, de 7 de diciembre). Este artículo establece que no podrán registrarse como marca los signos descriptivos, es decir, aquellos que se compongan exclusivamente de signos o indicaciones que puedan servir en el comercio para designar la especie, la calidad, la cantidad, el destino, el valor, laprocedencia geográfica o la época de obtención del producto o de la prestación del servicio u otrascaracterísticas de los productos o servicios.En concreto, el signo solicitado está compuesto exclusivamente de signos o indicaciones que pueden servir en el comercio para designar las caracteristicas de los servicios solicitados, ya que la denominación "Good Way Santiago", alude al "Camino de Santiago", que en relación a los servicios solicitados, se considera descriptiva.Puede contestar a esteacuerdo de suspenso de fondo, subsanando los posibles defectos o alegando lo que considere adecuado
Identificado de publicación: 9152320
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4323972
Fecha de resolución: 09/04/2026
Clases: 39
Expediente: M-4323972
Tipo Modalidad: Marca
Identificado de publicación: 8741970
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4323972
Fecha de desposito regular: 13/06/2025
Tipo de signo distintivo: W
Denominación: Good Way Santiago
Productos/Servicios o Activadades según la clasificación de Viena: 39-SERVICIOS DE ORGANIZACIÓN DE VIAJES PRESTADOS POR AGENCIAS DE TURISMO; SERVICIOS DE RESERVAS DE VIAJES
Expediente: M-4323972
Tipo Modalidad: Marca
Identificado de publicación: 8734639
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4323972
Fecha de resolución: 05/09/2025
Irregularidades: La lista de productos y servicios contiene productos y/o servicios definidos y/o clasificados incorr ectamente (art. 12.3 de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3 de su Reglamento). En c oncreto:- "viajes; agencia de viajes" es impreciso. Puede eliminarlo del listado, o alternativam ente puede indicar servicios comprendidos en la clasificación de Niza que tengan una relación direct a con los indicados (no se aceptarán servicios o productos que no guarden relación).Si no se sub sanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud únicamente respecto a l os productos y/o servicios afectados (art. 9.6 del Reglamento).Apórtese un nuevo listado consign ándolos correctamente. Para encontrar los términos aceptados, puede consultar la herramienta CLINMAR para elaborar su lista de productos y servicios:https://consultas2.oepm.es/clinmar/inicio.action Por cada nueva clase resultante deberá abonar la tasa ME17. Si no se subsanase en plazo la falta de pago, se tendrá por desistida la solicitud respecto a la/s clase/s para la/s que no se hubiese ab onado la totalidad de la tasa.Se recuerda que como contestación a este suspenso de forma solo se podrá modificar subsanando los defectos señalados en el suspenso, retirar, limitar, o dividir la so licitud, según establece el artículo 9.2 del Reglamento para la ejecución de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas
La información sobre la marca Good Way Santiago que aparece en esta página procede de las publicaciones digitales del Boletín Oficial de la Propiedad Industrial, editado por la Oficina Española de Patentes y Marcas.