Información sobre la marca GOLDEN PIG, registro solicitado por la empresa JAMONES ANDRES BECERRO E HIJOS SL con el número de expediente de la Oficina Española e Patentes y Marcas M-3690699.
M-3690699
Expediente OEPM M-3690699 Tipo Mixta Fecha solicitud 13/11/2017 Estado Denegada |
C/ HALCON, 22,28025 MADRID (MADRID)(ES) ESPAÑA
Dorado y negro
Fecha | Tramitación |
---|---|
2017-11-23 | Efectuado tram. Art.18.4 ley sin detectar anterioridades relevantes. |
2017-11-29 | Publicacion de solicitud. |
2018-04-09 | Publ.Suspenso fondo de f.Resol 03/04/2018 causas del suspenso de fondo: 341 342 346. |
2018-06-20 | Public. Denegacion de f.Resol: 14/06/2018. |
Resumen cronológico de publicaciones en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial sobre la marca GOLDEN PIG
Expediente: M-3690699
Tipo Marca: Mixta
Tipo Modalidad: Marca
Titular: JAMONES ANDRES BECERRO E HIJOS SL
Identificado de publicación: 4319988
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 3690699
Fecha de resolución: 03/04/2018
Clases: 29
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS
Motivos: 01) La marca solicitada se halla incursa, para la clase solicitada, en la prohibición del art. 5.1.b) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre) al carecer de carácter distintivo, toda vez que el conjunto gráfico-denominativo solicitado "GOLDEN PIG" es descriptivo y no permite al público consumidor identificar dicho signo con una concreta procedencia empresarial, ni la individualizaciónen el mercado de productos o servicios
Motivos: 02) La marca solicitada se halla incursa en la prohibición del art. 5.1.c) de la Ley de Marcas (Ley17/2001, de 7 de diciembre) al estar compuesta exclusivamente de signos o indicaciones que pueden servir en el comercio para designar la naturaleza de los productos que pretende distinguir, dado que la denominación "GOLDEN PIG" (CERDO RUBIO / CERDO DORADO) designa directamente una estirpe porcina ibérica autóctona de Andalucía, sin que el elemento gráfico que lo forma, la representación gráfica de un cerdo, aporte al conjunto suficiente distintividad como para eliminar su carácter descriptivo
Motivos: 03) La marca solicitada se halla incursa en la prohibición del artº 5.1.g) de la Ley de Marcas (Ley17/2001, de 7 de diciembre) al poder inducir al público a error sobre la naturaleza, características y procedencia geográfica de los productos que pretende distinguir, toda vez que el distintivo identifica un producto concreto "GOLDEN PIG" (CERDO RUBIO o CERDO DORADO) nombre que designa una estirpe porcina autóctona de Andalucía y el enunciado incluye productos de distinta naturaleza. Debe por tanto limitar el mismo a "Jamones elaborados con carne procedente de cerdo ibérico rubio/dorado gaditano"
Expediente: M-3690699
Tipo Marca: Mixta
Tipo Modalidad: Marca
Titular: JAMONES ANDRES BECERRO E HIJOS SL
Identificado de publicación: 4101419
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 3690699
Fecha de desposito regular: 13/11/2017
Tipo de signo distintivo: M
Denominación: GOLDEN PIG
Clasificación de elementos figurativos: 030418270517290103290108
Productos/Servicios o Activadades según la clasificación de Viena: 29-JAMONES.
Colores indicados: DORADO Y NEGRO
País del representante: ES
Localidad del representante: BOADILLA DEL MONTE
Provincia del representante: MADRID
La información sobre la marca GOLDEN PIG que aparece en esta página procede de las publicaciones digitales del Boletín Oficial de la Propiedad Industrial, editado por la Oficina Española de Patentes y Marcas.