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Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 21 de abril del 2026 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo EXONERATECH.


Solicitud de marca suspendida

EXONERATECH

Expediente:  M-4363720

Tipo Modalidad:  Marca

Identificado de publicación:  9163000

Modalidad del signo distintivo:  M

Número de solicitud:  4363720

Fecha de resolución:  14/04/2026

Irregularidades:  La lista de productos y servicios contiene productos y/o servicios incorrectamente definidos (art. 1 2.3 de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3 de su Reglamento). En concreto:EN LA CLASE 42:- "Software como servicio (SaaS software en la nube) para la gestión y automatización de expedientes legales de insolvencia y segunda oportunidad" debe quedar definido como "Software co mo servicio [SaaS] en la nube para la gestión y automatización de expedientes legales de insolvencia y segunda oportunidad".- "diseño e implementación de plataformas tecnológicas para gestión de e xpedientes, documentos y flujos de trabajo" debe quedar definido como "Desarrollo de plataformas inf ormáticas para la gestión de expedientes, documentos y flujos de trabajo". EN LA CLASE 45: - "tramitación de procedimientos de segunda oportunidad de personas físicas y autónomos" debe quedar definido como "Servicios jurídicos consistentes en la tramitación y gestión de procedimientos de seg unda oportunidad para personas físicas y autónomos" o "Representación y asesoramiento jurídicos en p rocedimientos de segunda oportunidad de personas física y autónomos". - "preparación y gestión d e documentación jurídica relacionados con procedimientos de insolvencia y exoneración de deudas" deb e quedar definido como "Servicios jurídicos consistentes en preparación y gestión de documentación j urídica relacionados con procedimientos de insolvencia y exoneración de deudas".Apórtese un nuev o listado consignándolos correctamente. Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendr á por desistida la solicitud únicamente respecto a los productos y/o servicios afectados (art. 9.6 d el Reglamento).Puede consultar la herramienta CLINMAR para elaborar su lista de productos y serv icios:https://consultas2.oepm.es/clinmar/inicio.actionPor cada nueva clase resultante deberá a bonar 82,84 euros (tasa ME17) si el trámite y el pago se realizan electrónicamente. Si no se subsana se en plazo la falta de pago, se tendrá por desistida la solicitud respecto a la/s clase/s para la/s que no se hubiese abonado la totalidad de la tasa.Se recuerda que como contestación a este susp enso de forma solo se podrá modificar subsanando los defectos señalados en el suspenso, retirar, lim itar, o dividir la solicitud, según establece el artículo 9.2 del Reglamento para la ejecución de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas

Boletín Oficial de la Propiedad Industrial 
Fecha inscripción: 21/04/2026 Tomo: 1 Anuncio:9163000 

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