Información sobre la marca ESPIGA DE ORO, registro solicitado por la empresa FUNDACION MUNICIPAL DE CULTURA DEL AYUNTAMIENTO DE VALLADOLID con el número de expediente de la Oficina Española e Patentes y Marcas M-4349525.
M-4349525
Expediente OEPM M-4349525 Tipo Denominativa Fecha solicitud 21/11/2025 Estado En tramitación |
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| Fecha | Tramitación |
|---|---|
| 2026-02-25 | Publ.Suspenso solicitud de f.Resol: 18/02/2026. |
Resumen cronológico de publicaciones en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial sobre la marca ESPIGA DE ORO
Expediente: M-4349525
Tipo Marca: Denominativa
Tipo Modalidad: Marca
Titular: FUNDACION MUNICIPAL DE CULTURA DEL AYUNTAMIENTO DE VALLADOLID
Identificado de publicación: 9080703
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4349525
Fecha de desposito regular: 21/11/2025
Tipo de signo distintivo: W
Denominación: ESPIGA DE ORO
Localidad del representante: Madrid
Provincia del representante: MADRID
Productos/Servicios o Activadades según la clasificación de Viena: 41-SERVICIOS DE ESPARCIMIENTO; SERVICIOS CULTURALES; PRODUCCIÓN CINEMATOGRÁFICA
País del representante: ES
Expediente: M-4349525
Tipo Modalidad: Marca
Identificado de publicación: 9038024
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4349525
Fecha de resolución: 18/02/2026
Irregularidades: La lista de productos y servicios adolece de falta de claridad y precisión (art. 12.3 de la Ley 17/2 001, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3.3 de su Reglamento). En concreto: -en la clase 41"SERV ICIOS CULTURALES Y DE FOMENTO A LA CINEMATOGRAFIA, INCLUIDOS LOS DE UN CONCURSOCERTAMEN DE CINE" es impreciso. Puede quedar definido como "SERVICIOS CULTURALES; PRODUCCIÓN CINEMATOGRÁFICA"Apórtese un nuevo listado consignándolos correctamente. Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud únicamente respecto a los productos y/o servicios afectados (ar t. 9.6 del Reglamento).Puede consultar la herramienta CLINMAR para elaborar su lista de productos y servicios:https://consultas2.oepm.es/clinmar/inicio.actionPor cada nueva clase resultante debe rá abonar 82,84 euros (tasa ME17) si el trámite y el pago se realizan electrónicamente. Si no se sub sanase en plazo la falta de pago, se tendrá por desistida la solicitud respecto a la/s clase/s para la/s que no se hubiese abonado la totalidad de la tasa.Se recuerda que como contestación a este suspenso de forma solo se podrá modificar subsanando los defectos señalados en el suspenso, retirar, limitar, o dividir la solicitud, según establece el artículo 9.2 del Reglamento para la ejecución d e la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas
La información sobre la marca ESPIGA DE ORO que aparece en esta página procede de las publicaciones digitales del Boletín Oficial de la Propiedad Industrial, editado por la Oficina Española de Patentes y Marcas.