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Información sobre el nombre comercial ENTORNOS INTELIGENTES con el número de expediente de la Oficina Española e Patentes y Marcas N-0489894.

Marca
ENTORNOS INTELIGENTES

N-0489894

Titular
Nombre

Persona física. Consultar en la OEPM

Productos o servicios solicitados según clasificación NIZA
  • 42 SERVICIOS CIENTIFICOS Y TECNOLOGICOS, ASI COMO SERVICIOS DE INVESTIGACION YDISEÑO CONEXOS; DISEÑO Y DESARROLLO DE HARDWARE Y SOFTWARE; DOMOTICA, AUTOMTIZACION
Tramitaciones realizadas
FechaTramitación
2025-12-01 Comunicacion a titulares derechos anteriores (art.18,4lm): M2250601 TERRITORIOS INTELIGENTES .
2025-12-09 Publicacion de solicitud.


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Resumen cronológico de publicaciones en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial sobre el nombre comercial ENTORNOS INTELIGENTES

  • Suspenso de fondo de marca

    Expediente:  N-0489894

    Tipo Marca:  Denominativa

    Tipo Modalidad:  Nombre Comercial

    Identificado de publicación:  9439798

    Modalidad del signo distintivo:  N

    Número de solicitud:  0489894

    Fecha de resolución:  16/09/2026

    Clases:  42

    Motivos:  DEFECTOS O MOTIVOS 01) La lista de productos y servicios contiene productos y/o servicios incorrectamente definidos (art. 12.3 de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3 de su Reglamento). En concreto:-En la clase 42"SERVICIOS DE DOMOTICA Y AUTOMATIZACIÓN", son imprecisos, puede quedar definido como "SERVICIOS DE DISEÑO Y DESARROLLO DE DISPOSITIVOS Y SOFTWARE DE DOMOTICA; DISEÑO Y DESARROLLO DE SISTEMAS DE AUTOMATIZACIÓN DE HOGARES".Apórtese un nuevo listado consignándolos correctamente. Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud únicamente respecto a los productos y/o servicios afectados (art. 9.6 del Reglamento).Puede consultar la herramienta CLINMAR para elaborar su lista de productos y servicios:https://consultas2.oepm.es/clinmar/inicio.actionPor cada nueva clase resultante deberá abonar 82,84 euros (tasa ME17) si el trámite y elpago se realizan electrónicamente. Si no se subsanase en plazo la falta de pago, se tendrá por desistida la solicitud respecto a la/s clase/s para la/s que no se hubiese abonado la totalidad de la tasa.Se recuerda que como contestación a este suspenso de fondo solo se podrá modificar subsanandolos defectos señalados en el suspenso, retirar, limitar, o dividir la solicitud, según establece elartículo 9.2 del Reglamento para la ejecución de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas

    Fuente: Boletín Oficial de la Propiedad Industrial 
    Fecha inscripción: 23/09/2026. Núm. 9439798. Tomo: 1 Anuncio:9439798 
  • Suspenso de fondo de marca

    Expediente:  N-0489894

    Tipo Marca:  Denominativa

    Tipo Modalidad:  Nombre Comercial

    Identificado de publicación:  9312393

    Modalidad del signo distintivo:  N

    Número de solicitud:  0489894

    Fecha de resolución:  23/06/2026

    Clases:  42

    Motivos:  DEFECTOS O MOTIVOS 01) La solicitud presenta defectos (arts. 12.3 y 87.3 de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre) y art. 3.6 de su Reglamento de Ejecución (Real Decreto 687/2002, de 12 de julio)), ya que las actividades están incorrectamente clasificadas. En concreto, ............................. Debe aportarse nueva lista completa de las actividades clasificándolas correctamente de conformidad con laClasificación Internacional de Productos y Servicios (Clasificación de Niza). Deberá abonar la cantidad de ...... euros por la/s ........ nueva/s clase/s resultante/s (art. 12.2 de la Ley en relacióncon tarifa primera 1.1: tasa ME17 si tanto el trámite como el pago se realizan electrónicamente y tasa MT17 en caso contrario). Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud en lo referente a las actividades afectadas (art. 9.2 y 9.6 del Reglamento). Si nose subsanase en plazo la falta de pago de la tasa de solicitud o el pago incompleto de la misma, setendrá por desistida la solicitud con respecto de la/s clase/s para la/s que no se hubiese abonado la tasa de solicitud o se hubiese abonado parcialmente. A falta de indicación del solicitante se considerarán pagadas las clases incluidas en primer lugar en la solicitud (art. 9.4 del Reglamento). Si desea consultar el listado de la Clasificación Internacional, tiene a su disposición nuestra herramienta CLINMAR: https://consultas2.oepm.es/clinmar/inicio.action. 02) El nombre comercial solicitado se halla incurso, para todas las clases solicitadas, en la prohibición del art. 88.a) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre). Este artículo establece que no podrán registrarse los signos que no puedan constituir nombre comercial por no ser conformes a la definición del artículo 87.1.En concreto, el signo solicitado no permite distinguir a una empresa en el tráfico mercantil de las demás empresas que desarrollan actividades idénticas o similares,toda vez que ........(1) .........Puede contestar a este acuerdo de suspenso de fondo, subsanando los posibles defectos o alegando lo que considere adecuado. 03) El nombre comercial solicitado se halla incurso en la prohibición del art. 5.1.b) en relación con el art. 88.b) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre). De la aplicación conjunta de ambos artículos se deriva que no podrán registrarse como nombre comercial los signos que carezcan decarácter distintivo, que no permitirá al público consumidor poder distinguir un concreto origen empresarial, y sin que el elemento figurativo, dada su sencillez, pueda dotar al conjunto de un mínimo de distintividad para poder acceder al registro. 04) El nombre comercial solicitado se halla incurso, para las actividades ............. (1) ............de la clase ............. (2) ............, en la prohibición del art. 5.1.f) en relación con el art. 88.b) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre). De la aplicación conjunta de ambos artículos se deriva que no podrán registrarse como nombre comercial los signos que sean contrariosa la Ley, al orden público o a las buenas costumbres.En concreto, el signo solicitado puede ser contrario a ........ (1) ............ debido a que ............(2).............Puede contestar a esteacuerdo de suspenso de fondo, subsanando los posibles defectos o alegando lo que considere adecuado

    Fuente: Boletín Oficial de la Propiedad Industrial 
    Fecha inscripción: 30/06/2026. Núm. 9312393. Tomo: 1 Anuncio:9312393 
  • Solicitud de registro de marca

    Expediente:  N-0489894

    Tipo Modalidad:  Nombre Comercial

    Número de solicitud:  0489894

    Identificado de publicación:  8902409

    Modalidad del signo distintivo:  N

    Fecha de desposito regular:  02/09/2025

    Tipo de signo distintivo:  W

    Denominación:  ENTORNOS INTELIGENTES

    Productos/Servicios o Activadades según la clasificación de Viena:  42-SERVICIOS CIENTIFICOS Y TECNOLOGICOS, ASI COMO SERVICIOS DE INVESTIGACION Y DISEÑO CONEXOS; DISEÑO Y DESARROLLO DE HARDWARE Y SOFTWARE; DOMOTICA, AUTOMATIZACION

    Fuente: Boletín Oficial de la Propiedad Industrial 
    Fecha inscripción: 09/12/2025. Núm. 8902409. Tomo: 1 Anuncio:8902409 

La información sobre el nombre comercial ENTORNOS INTELIGENTES que aparece en esta página procede de las publicaciones digitales del Boletín Oficial de la Propiedad Industrial, editado por la Oficina Española de Patentes y Marcas.