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Información sobre la marca DE LA MANCHA HARINA DE ALMORTAS, registro solicitado por la empresa LEGUMBRES LA MANCHEGA SL con el número de expediente de la Oficina Española e Patentes y Marcas M-3600541.

Marca
DE LA MANCHA HARINA DE ALMORTAS

M-3600541

Descripción del distintivo

Consiste en la denominacion eslogan "... De la mancha, harina de almortas" con un tipo de letra especial y dispuesto en tres lineas, situando la primera linea en la parte superior de un rectangulo en cuya parte central se dibuja otro rectangulo central de menor tamaño, en cuyo centro se situan las dos lineas restantes de la denominacion y por la parte inferior derecha emerge y se eleva una especia de espiga con tres pares de hojas disminuyendo de tamaño a medida que se elevan. Todo ello, tal y como se representa en el diseño adjunto.

Titular
Dirección

PASEO DE LA ALAMEDA, 20
16280 VILLARTA (CUENCA)
(ES) ESPAÑA

Colores reivindicados

Rojo, amarillo, marron, marron claro, gris rosa y negro

Elementos del distintivo no reivindicados en exclusiva

No se reivindica en exclusiva la expresion "de la mancha", asi como tampoco la expresion "harina de almortas"

Productos o servicios solicitados según clasificación NIZA
  • 30 CAFE, TE, CACAO Y SUCEDANEOS DEL CAFE; ARROZ; TAPIOCA Y SAGU; HARINAS Y PREARACIONES A BASE DE CEREALES; PAN, PRODUCTOS DE PASTELERIA Y CONFITERIA; HEADOS; AZUCAR, MIEL, JARABE DE MELAZA; LEVADURA, POLVOS DE HORNEAR; SAL; MOSAZA; VINAGRE, SALSAS (CONDIMENTOS); ESPECIAS; HIELO; ALIMENTOS A BASE DE HAINA, HARINAS DE ALUBIAS, ARROZ, GARBANZOS, MAIZ, TRIGO, HARINA DE PAPA PARAUSO ALIMENTICIO; ESPECIAS; PASTAS ALIMENTICIAS; SEMOLA.
Productos o servicios concedidos según clasificación NIZA
  • 30 Clase concedida limitada a: HARINA DE LEGUMBRES (CONCRETAMENTE DE ALMORTAS)PARA ALIMENTACIÓN, PROCEDENTE DE LA MANCHA.
Elementos figurativos de la marca según la clasificación de Viena
  • 05.05.21 Una flor
  • 25.01.15 Etiquetas, pegatinas
  • 27.05.09 Secuencia de letras con grafismos diferentes
  • 27.05.10 Secuencia de letras con dimensiones diferentes
Tramitaciones realizadas
FechaTramitación
2016-02-26 Efectuado tram. Art.18.4 ley sin detectar anterioridades relevantes.
2016-03-03 Publicacion de solicitud.
2016-03-30 Observaciones de terceros basadas en el: art.5.1 f,g;.
2016-07-11 Publ.Suspenso fondo de f.Resol 05/07/2016 causas del suspenso de fondo: 329 346.
2016-07-19 Contestacion al suspenso publicado el: 11/07/2016.
2016-08-18 Publ. Conces. Con modif. De f.Res: 11/08/2016.


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Resumen cronológico de publicaciones en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial sobre la marca DE LA MANCHA HARINA DE ALMORTAS

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  • Concesión total/parcial de marca

    Expediente:  M-3600541

    Tipo Marca:  Mixta

    Tipo Modalidad:  Marca

    Titular:  LEGUMBRES LA MANCHEGA SL

    Identificado de publicación:  3236472

    Modalidad del signo distintivo:  M

    Número de solicitud:  3600541

    Fecha resolución concesión:  11/08/2016

    Fecha publicación de la solicitud:  03/03/2016

    Clases con limitación:  30-HARINA DE LEGUMBRES (CONCRETAMENTE DE ALMORTAS) PARA ALIMENTACIÓN, PROCEDENTE DE LA MANCHA.

    Fuente: Boletín Oficial de la Propiedad Industrial 
    Fecha inscripción: 18/08/2016. Núm. 3236472. Tomo: 1 Anuncio:3236472 
  • Suspenso de fondo de marca

    Expediente:  M-3600541

    Tipo Marca:  Mixta

    Tipo Modalidad:  Marca

    Titular:  LEGUMBRES LA MANCHEGA SL

    Identificado de publicación:  3190593

    Modalidad del signo distintivo:  M

    Número de solicitud:  3600541

    Fecha de resolución:  05/07/2016

    Clases:  30

    Motivos:  DEFECTOS O MOTIVOS

    Motivos:  01) Art. 12.3 de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre) y Art. 3. 2 y 3 de su Reglamento(Real Decreto 687/2002, de 12 de julio). Los productos/servicios están definidos y clasificados incorrectamente. En concreto, lo solicitado para la clase 30 como "GARBANZOS" es incorrecto y no se ajusta a las exigencias de claridad y precisión de la clasificación internacional, puesto que este producto no se encuentra clasificado en esta clase sino en la clase 29 como "Garbanzos procesados" o bien en la clase 31 como "Garbanzos frescos", lo que supondría el abono de tasa de una o dos nuevas clases resultantes.Asimismo, lo indicado como "MAÍZ" no se ajusta a las exigencias de claridad y precisión, puesto que para ser admitido en la clase 30 tendrían que solicitarlo, por ejemplo, como "Harina de maíz", pero al contener el distintivo solicitado el término "Harina de almortas" incurriría en la prohibición del art. 5.1.g) indicado en este mismo acuerdo de suspensión.Por otra parte, lo indicado como "TRIGO" no se ajusta a las exigencias de claridad y precisión, puesto que para ser admitido en la clase 30 tendrían que solicitarlo como "Harina de trigo", pero al contener el distintivosolicitado el término "Harina de almortas" incurriría en la prohibición del art. 5.1.g) indicado eneste mismo acuerdo de suspensión.Debe aportarse, por tanto, nueva lista de productos/servicios (en formulario oficial) definiéndolos y clasificándolos correctamente. Deberá abonar la cantidad correspondiente por la/s nueva/s clase/s resultantes (art. 12.2 de la Ley en relación con tarifa primera1.1). Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud en lo referente a los productos/servicios afectados (art 9.2 del Reglamento). Si no se subsanase en plazo la falta de pago de la tasa de solicitud o el pago incompleto de la misma, se tendrá por desistidala solicitud con respecto de la/s clase/s para la/s que no se hubiese abonado la tasa de solicitud o se hubiese abonado parcialmente. A falta de indicación del solicitante se considerarán pagadas lasclases incluidas en primer lugar en la solicitud (art. 9.4 del Reglamento)

    Motivos:  02) La marca solicitada se halla incursa en la prohibición del artº 5.1.g) de la Ley de Marcas (Ley17/2001, de 7 de diciembre) al poder inducir al público a error sobre la naturaleza, calidad y procedencia geográfica de ciertos productos de la clase 30 para los que se solicita la presente marca, toda vez que el distintivo solicitado contiene el término "LA MANCHA" y no se ha indicado esta procedencia en los productos solicitados; contiene el término "HARINA DE ALMORTAS" y se pretende proteger diferentes clases de harinas, debiendo limitar el producto de "Harinas" sólo a "Harina de almortas".Asimismo, al solicitar el producto de "ESPECIAS" incurren también en esta prohibición puesto que existe el producto de Denominación de Origen Protegida "Azafrán de la Mancha", por lo que tendrían quesuprimir el producto de "Especias" del listado de productos solicitados. Igualmente, al solicitar "PRODUCTOS DE PASTELERÍA Y CONFITERÍA" incurren también en esta prohibición puesto que existen los productos de Denominación de Origen Protegida "Mazapán de Toledo" y "Pan de Cruz de Ciudad Real", por lo que tendrían que suprimir "los productos de pastelería y confitería".En base a lo expuesto, y afin de salvar esta prohibición, una opción de redactar los productos solicitados y atendiendo al distintivo en estudio, sería hacerlo de la forma siguiente:CL. 30: "HARINA DE LEGUMBRES (CONCRETAMENTE DE ALMORTAS) PARA ALIMENTACIÓN, PROCEDENTE DE LA MANCHA."

    Motivos:  03) POR OBSERVACIONES DE TERCERO BASADAS EN:- Articulo 5.1. f),g) de la Ley de Marcas 17/2001, de 7 de diciembre

    Fuente: Boletín Oficial de la Propiedad Industrial 
    Fecha inscripción: 11/07/2016. Núm. 3190593. Tomo: 1 Anuncio:3190593 
  • Solicitud de registro de marca

    Expediente:  M-3600541

    Tipo Marca:  Mixta

    Tipo Modalidad:  Marca

    Titular:  LEGUMBRES LA MANCHEGA SL

    Identificado de publicación:  2951505

    Modalidad del signo distintivo:  M

    Número de solicitud:  3600541

    Fecha de desposito regular:  20/02/2016

    Tipo de signo distintivo:  M

    Denominación:  DE LA MANCHA HARINA DE ALMORTAS

    Clasificación de elementos figurativos:  050521250115270509270510

    Productos/Servicios o Activadades según la clasificación de Viena:  30-CAFE, TE, CACAO Y SUCEDANEOS DEL CAFE; ARROZ; TAPIOCA Y SAGU; HARINAS Y PREPARACIONES A BASE DE CEREALES; PAN, PRODUCTOS DE PASTELERIA Y CONFITERIA; HELADOS; AZUCAR, MIEL, JARABE DE MELAZA; LEVADURA, POLVOS DE HORNEAR; SAL; MOSTAZA; VINAGRE, SALSAS (CONDIMENTOS); ESPECIAS; HIELO; ALIMENTOS A BASE DE HARINA, HARINAS DE ALUBIAS, ARROZ, GARBANZOS, MAIZ, TRIGO, HARINA DE PAPA PARA USO ALIMENTICIO; ESPECIAS; PASTAS ALIMENTICIAS; SEMOLA.

    Elementos signo distintivo:  NO SE REIVINDICA EN EXCLUSIVA LA EXPRESION "DE LA MANCHA", ASI COMO TAMPOCO LA EXPRESION "HARINA DE ALMORTAS"

    Descripción del signo distintivo:  CONSISTE EN LA DENOMINACION ESLOGAN "... DE LA MANCHA, HARINA DE ALMORTAS" CON UN TIPO DE LETRA ESPECIAL Y DISPUESTO EN TRES LINEAS, SITUANDO LA PRIMERA LINEA EN LA PARTE SUPERIOR DE UN RECTANGULO EN CUYA PARTE CENTRAL SE DIBUJA OTRO RECTANGULO CENTRAL DE MENOR TAMAÑO, EN CUYO CENTRO SE SITUAN LAS DOS LINEAS RESTANTES DE LA DENOMINACION Y PORLA PARTE INFERIOR DERECHA EMERGE Y SE ELEVA UNA ESPECIA DE ESPIGA CON TRES PARES DE HOJAS DISMINUYENDO DE TAMAÑO AMEDIDA QUE SE ELEVAN. TODO ELLO, TAL Y COMO SE REPRESENTA EN EL DISEÑO ADJUNTO

    Colores indicados:  ROJO, AMARILLO, MARRON, MARRON CLARO, GRIS ROSA Y NEGRO

    País del representante:  ES

    Localidad del representante:  Madrid

    Provincia del representante:  MADRID

    Fuente: Boletín Oficial de la Propiedad Industrial 
    Fecha inscripción: 03/03/2016. Núm. 2951505. Tomo: 1 Anuncio:2951505 

La información sobre la marca DE LA MANCHA HARINA DE ALMORTAS que aparece en esta página procede de las publicaciones digitales del Boletín Oficial de la Propiedad Industrial, editado por la Oficina Española de Patentes y Marcas.