Información sobre la marca Culto Aceite del Tiétar, registro solicitado por la empresa SANCHIDRIAN FERNANDEZ SL con el número de expediente de la Oficina Española e Patentes y Marcas M-4111814.
M-4111814
![]() | Expediente OEPM M-4111814 Tipo Figurativa Fecha solicitud 11/03/2021 Estado En tramitación |
POLIGONO INDUSTRIAL LAS VENTILLAS, 3505420 SOTILLO DE LA ADRADA (ÁVILA)(ES) ESPAÑA
Color negro de la imagen.
| Fecha | Tramitación |
|---|---|
| 2021-04-26 | Contestacion al suspenso publicado el: 27/04/2021. |
| 2021-04-27 | Publ.Suspenso solicitud de f.Resol: 20/04/2021. |
| 2021-04-28 | Efectuado tram. Art.18.4 ley sin detectar anterioridades relevantes. |
| 2021-04-29 | Efectuado tram. Art.18.4 ley sin detectar anterioridades relevantes. |
| 2021-05-06 | Publicacion de solicitud. |
| 2021-06-24 | Observaciones de terceros basadas en el: art.5.1 c,g;. |
Resumen cronológico de publicaciones en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial sobre la marca Culto Aceite del Tiétar
Expediente: M-4111814
Tipo Marca: Figurativa
Tipo Modalidad: Marca
Titular: SANCHIDRIAN FERNANDEZ SL
Identificado de publicación: 6618063
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4111814
Fecha resolución concesión: 04/02/2022
Fecha publicación de la solicitud: 06/05/2021
Clases con limitación: 29-ACEITE DE OLIVA EXTRA VIRGEN PROCEDENTE DEL TIÉTAR; ACEITE DE OLIVA EXTRA PARA USO ALIMENTICIO PROCEDENTE DEL TIÉTAR.
Expediente: M-4111814
Tipo Marca: Figurativa
Tipo Modalidad: Marca
Titular: SANCHIDRIAN FERNANDEZ SL
Identificado de publicación: 6517585
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4111814
Fecha de resolución: 25/11/2021
Clases: 29
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS
Motivos: 01) La marca solicitada se halla incursa en la prohibición del art. 5.1.g) de la Ley de Marcas (Ley17/2001, de 7 de diciembre) al poder inducir al público a error sobre la naturaleza de los productos solicitados toda vez que el distintivo contiene el término "Tiétar", y no se indica que los productos que se pretende proteger procedan del Tiétar. En consecuencia, se podrá subsanar el defecto mencionado, limitando los productos como: Aceite de oliva extra virgen procedente del Tiétar; Aceite de oliva virgen extra para uso alimenticio procedente del Tiétar
Motivos: 02) POR OBSERVACIONES DE TERCERO BASADAS EN:- Articulo 5.1. c),g) de la Ley de Marcas 17/2001, de 7 de diciembre
Expediente: M-4111814
Tipo Modalidad: Marca
Identificado de publicación: 6101410
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4111814
Fecha de resolución: 20/04/2021
Irregularidades: -Debe cumplimentar la casilla "DENOMINACIÓN" transcribiendo SOLO los elementos denominativos o alfan
Irregularidades: uméricos que aparecen en la Imagen/Distintivo. En caso de que dichos elementos fueran gráficos de fa
Irregularidades: ntasía, deberá hacerlo constar así en el apartado "DESCRIPCIÓN ESCRITA DE LA MARCA".-Debe correg
Irregularidades: ir el apartado "reivindicación de color". Este apartado es facultativo por lo que puede eliminar est
Irregularidades: as indicaciones o cumplimentarlo exclusivamente con los colores que se visualizan en el distintivo e
Irregularidades: xcepto el negro
La información sobre la marca Culto Aceite del Tiétar que aparece en esta página procede de las publicaciones digitales del Boletín Oficial de la Propiedad Industrial, editado por la Oficina Española de Patentes y Marcas.