Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 19 de diciembre del 2018 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo COMUNIDAD CARDIOPROTEGIDA.
Expediente: M-3723433
Tipo Modalidad: Marca
Identificado de publicación: 4772764
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 3723433
Fecha de resolución: 13/12/2018
Clases: 37, 44
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS
Motivos: 01) Art. 12.3 de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre) y Art. 3.2 de su Reglamento (Real Decreto 687/2002, de 12 de julio). Los productos/servicios no están correctamente definidos. En concreto:"leasing de equipos, aparatos e instrumentos médicos" y "leasing de desfibriladores, desfibriladores semi automáticos,desfibriladores automáticos", son dos enunciado que no pertenecen a la cl. 44, sino a la clase 36 donde pueden ser nuevamente definidos, pagando tasa por nueva clase resultante, o en su defecto, pueden suprimirse ambos enunciados.Debe aportarse, por tanto, nueva lista de productos/servicios (en formulario oficial) describiéndolos correctamente. Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud en lo referente a los productos/servicios afectados (art 9.2 del Reglamento)
Motivos: 02) La marca solicitada se halla incursa en la prohibición del artº 5.1.c) de la Ley de Marcas (Ley17/2001, de 7 de diciembre) al estar compuesta de signos o indicaciones genéricas y descriptivas delos servicios que se solicitan, sin incluir elementos que hagan suficientemente distintivo y característico al signo solicitado