Información sobre la marca COMUNIDAD CARDIOPROTEGIDA con el número de expediente de la Oficina Española e Patentes y Marcas M-3723433.
M-3723433
Expediente OEPM M-3723433 Tipo Mixta Fecha solicitud 12/06/2018 Estado Vigente |
Persona física. Consultar en la OEPM
Azul, blanco
Fecha | Tramitación |
---|---|
2018-06-20 | Efectuado tram. Art.18.4 ley sin detectar anterioridades relevantes. |
2018-06-26 | Publicacion de solicitud. |
2018-12-19 | Publ.Suspenso fondo de f.Resol 13/12/2018 causas del suspenso de fondo: 328 342. |
2018-12-27 | Contestacion al suspenso publicado el: 19/12/2018. |
2019-01-16 | Contestacion al suspenso publicado el: 17/01/2019. |
2019-01-17 | Publ.Suspenso fondo de f.Resol 11/01/2019 causas del suspenso de fondo: 328 342. |
2019-03-29 | Public. Denegacion de f.Resol: 25/03/2019. |
2019-05-07 | Public.Interp.Recurso de fecha: 26/04/2019 contra denegacion nº referencia recurso: 00754/19 clases afectadas: 37 44. |
2019-07-17 | Publ.Estimac.Recurso de.F.Res. 12/07/2019 concediendo el expediente nº referencia recurso: 00754/19 clases afectadas por recurso: 37 44. |
Resumen cronológico de publicaciones en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial sobre la marca COMUNIDAD CARDIOPROTEGIDA
Expediente: M-3723433
Tipo Marca: Mixta
Tipo Modalidad: Marca
Identificado de publicación: 5002012
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 3723433
Fecha de interposición: 26/04/2019
Literal acto recurrido: Denegación
Fecha de resolución: 25/03/2019
Clases recurridas: 37
Clases recurridas: 44
Expediente: M-3723433
Tipo Marca: Mixta
Tipo Modalidad: Marca
Identificado de publicación: 4942416
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 3723433
Fecha de resolución: 25/03/2019
Clases denegadas: 37, 44
Fecha publicación de la solicitud: 26/06/2018
Expediente: M-3723433
Tipo Marca: Mixta
Tipo Modalidad: Marca
Identificado de publicación: 4806638
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 3723433
Fecha de resolución: 11/01/2019
Clases: 37, 44
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS
Motivos: 01) Art. 12.3 de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre) y Art. 3.2 de su Reglamento (Real Decreto 687/2002, de 12 de julio). Los productos/servicios no están correctamente definidos. En concreto:"leasing de equipos, aparatos e instrumentos de reanimación médica y primeros auxilios" no pertenece a la clase 44, puede ser nuevamente clasificado en esta clase como : "ALQUILER DE EQUIPOS, APARATOS E INTRUMENTOS DE REANIMINACIÓN....... ""leasing de desfibriladores, desfibriladores semi automáticos, desfibriladores automáticos",no pertenece a la clase 44, puede ser nuevamente clasificado en esta clase como : "ALQUILER DE DESFIBRILADORES, DESFIBRILADORES SEMI AUTOMATICOS..... ""El leasing de.... ", se clasifica en la cl. 36 y si se quieran clasificar en dicha clase hay que pagar tasa por nueva clase resultante, o bien suprimir el enunciado.Debe aportarse, por tanto, nueva lista de productos/servicios (en formulario oficial) describiéndolos correctamente. Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud en lo referente a los productos/servicios afectados (art 9.2 del Reglamento)
Motivos: 02) La marca solicitada se halla incursa en la prohibición del artº 5.1.c) de la Ley de Marcas (Ley17/2001, de 7 de diciembre) al estar compuesta exclusivamente de signos o indicaciones genéricas y descriptivas de los servicios solicitados, sin incluir elementos que hagan suficientemente distintivo y característico al signo solicitado
Expediente: M-3723433
Tipo Modalidad: Marca
Identificado de publicación: 4772764
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 3723433
Fecha de resolución: 13/12/2018
Clases: 37, 44
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS
Motivos: 01) Art. 12.3 de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre) y Art. 3.2 de su Reglamento (Real Decreto 687/2002, de 12 de julio). Los productos/servicios no están correctamente definidos. En concreto:"leasing de equipos, aparatos e instrumentos médicos" y "leasing de desfibriladores, desfibriladores semi automáticos,desfibriladores automáticos", son dos enunciado que no pertenecen a la cl. 44, sino a la clase 36 donde pueden ser nuevamente definidos, pagando tasa por nueva clase resultante, o en su defecto, pueden suprimirse ambos enunciados.Debe aportarse, por tanto, nueva lista de productos/servicios (en formulario oficial) describiéndolos correctamente. Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud en lo referente a los productos/servicios afectados (art 9.2 del Reglamento)
Motivos: 02) La marca solicitada se halla incursa en la prohibición del artº 5.1.c) de la Ley de Marcas (Ley17/2001, de 7 de diciembre) al estar compuesta de signos o indicaciones genéricas y descriptivas delos servicios que se solicitan, sin incluir elementos que hagan suficientemente distintivo y característico al signo solicitado
La información sobre la marca COMUNIDAD CARDIOPROTEGIDA que aparece en esta página procede de las publicaciones digitales del Boletín Oficial de la Propiedad Industrial, editado por la Oficina Española de Patentes y Marcas.