Información sobre la marca Coffit con el número de expediente de la Oficina Española e Patentes y Marcas M-4320045.
M-4320045
Expediente OEPM M-4320045 Tipo Denominativa Fecha solicitud 21/05/2025 Estado En tramitación |
Persona física. Consultar en la OEPM
| Fecha | Tramitación |
|---|---|
| 2025-08-04 | Publ.Suspenso solicitud de f.Resol: 28/07/2025. |
Resumen cronológico de publicaciones en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial sobre la marca Coffit
Expediente: M-4320045
Tipo Marca: Denominativa
Tipo Modalidad: Marca
Identificado de publicación: 8757216
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4320045
Fecha del acuerdo: 22/09/2025
Expediente: M-4320045
Tipo Modalidad: Marca
Identificado de publicación: 8688747
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4320045
Fecha de resolución: 28/07/2025
Irregularidades: Debe indicar una dirección completa del solicitante. No se admite la indicación de un apartado de co rreos como dirección o domicilio (art. 1.1. b del Reglamento de Ejecución de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas), ni una dirección sin número. Si la vía carece de número pueden indicar S/N. La lista de productos y servicios contiene productos y/o servicios definidos y/o clasificados inc orrectamente (art. 12.3 de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3 de su Reglamento). E n concreto:- "Mezclas en polvo a base de proteína; suplementos alimenticios funcionales en polvo " es impreciso. Puede eliminarlo del listado, o alternativamente puede indicar servicios comprendido s en la clasificación de Niza que tengan una relación directa con los indicados (no se aceptarán ser vicios o productos que no guarden relación).- "mezclas de café con suplementos proteicos" es impr eciso, ya que junta productos pertenecientes a dos clases. Por tanto, debe eliminarlo del listado. Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud únicament e respecto a los productos y/o servicios afectados (art. 9.6 del Reglamento).Apórtese un nuevo lis tado consignándolos correctamente. Para encontrar los términos aceptados, puede consultar la herrami enta CLINMAR para elaborar su lista de productos y servicios:https://consultas2.oepm.es/clinmar/in icio.actionSe recuerda que como contestación a este suspenso de forma solo se podrá modificar su bsanando los defectos señalados en el suspenso, retirar, limitar, o dividir la solicitud, según esta blece el artículo 9.2 del Reglamento para la ejecución de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marc as.Por cada nueva clase resultante deberá abonar la tasa ME17. Si no se subsanase en plazo la fa lta de pago, se tendrá por desistida la solicitud respecto a la/s clase/s para la/s que no se hubies e abonado la totalidad de la tasa
La información sobre la marca Coffit que aparece en esta página procede de las publicaciones digitales del Boletín Oficial de la Propiedad Industrial, editado por la Oficina Española de Patentes y Marcas.