Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 06 de marzo del 2026 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo CLUB HÍPIC D'ARTÀ.
Expediente: N-0494251
Tipo Modalidad: Nombre Comercial
Identificado de publicación: 9064431
Modalidad del signo distintivo: N
Número de solicitud: 0494251
Fecha de resolución: 27/02/2026
Irregularidades: 1.Debe aportar un nuevo poder de representación suficiente para el acto que se realiza. En caso de n o subsanar este defecto, se continuará la tramitación eliminándose la representación y continuando e l procedimiento con el solicitante (art. 57.3 del Reglamento de Ejecución de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas).NOTA: el poder aportado sólo es válido para actuaciones judiciales. 2.El representante, al pertenecer a un colectivo obligado a colegiarse, está obligado a relacionar se de manera electrónica con las Administraciones públicas, en virtud del artículo 14.2 de la Ley 39 /2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. SE RECUERDA QUE COMO CONTESTACIÓN A ESTE SUSPENSO DE FORMA SOLO SE PODRÁ MODIFICAR SUBSANANDO LOS DEFECTOS SEÑALADOS EN EL SUSPENSO, RETIRAR, LIMITAR, O DIVIDIR LA SOLICITUD, SEGÚN ESTABLECE EL ART ÍCULO 9.2 DEL REGLAMENTO PARA LA EJECUCIÓN DE LA LEY 17/2001, DE 7 DE DICIEMBRE, DE MARCAS