Información sobre el nombre comercial CLUB HÍPIC D'ARTÀ con el número de expediente de la Oficina Española e Patentes y Marcas N-0494251.
N-0494251
Expediente OEPM N-0494251 Tipo Figurativa Fecha solicitud 15/12/2025 Estado En tramitación |
Persona física. Consultar en la OEPM
| Fecha | Tramitación |
|---|---|
| 2026-03-06 | Publ.Suspenso solic.De f.Resol 27/02/2026. |
Resumen cronológico de publicaciones en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial sobre el nombre comercial CLUB HÍPIC D'ARTÀ
Expediente: N-0494251
Tipo Marca: Figurativa
Tipo Modalidad: Nombre Comercial
Número de solicitud: 0494251
Identificado de publicación: 9142965
Modalidad del signo distintivo: N
Fecha de desposito regular: 15/12/2025
Tipo de signo distintivo: F
Denominación: CLUB HÍPIC D'ARTÀ
Clasificación de elementos figurativos: 030301030315270112270501
Productos/Servicios o Activadades según la clasificación de Viena: 41-CAMPAMENTOS DE EQUITACION; ESCUELAS DE EQUITACION; INSTRUCCION EN EQUITACION; ORGANIZACION DE ENCUENTROS DE EQUITACION; ORGANIZACION DE EVENTOS DE SALTOS DE EQUITACION; SERVICIOS DE INSTRUCCION DE EQUITACION; SERVICIOS RECREATIVOS RELACIONADOS CON LA EQUITACION
País del representante: ES
Localidad del representante: PALMA
Provincia del representante: ILLES BALEARS
Expediente: N-0494251
Tipo Modalidad: Nombre Comercial
Identificado de publicación: 9064431
Modalidad del signo distintivo: N
Número de solicitud: 0494251
Fecha de resolución: 27/02/2026
Irregularidades: 1.Debe aportar un nuevo poder de representación suficiente para el acto que se realiza. En caso de n o subsanar este defecto, se continuará la tramitación eliminándose la representación y continuando e l procedimiento con el solicitante (art. 57.3 del Reglamento de Ejecución de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas).NOTA: el poder aportado sólo es válido para actuaciones judiciales. 2.El representante, al pertenecer a un colectivo obligado a colegiarse, está obligado a relacionar se de manera electrónica con las Administraciones públicas, en virtud del artículo 14.2 de la Ley 39 /2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. SE RECUERDA QUE COMO CONTESTACIÓN A ESTE SUSPENSO DE FORMA SOLO SE PODRÁ MODIFICAR SUBSANANDO LOS DEFECTOS SEÑALADOS EN EL SUSPENSO, RETIRAR, LIMITAR, O DIVIDIR LA SOLICITUD, SEGÚN ESTABLECE EL ART ÍCULO 9.2 DEL REGLAMENTO PARA LA EJECUCIÓN DE LA LEY 17/2001, DE 7 DE DICIEMBRE, DE MARCAS
La información sobre el nombre comercial CLUB HÍPIC D'ARTÀ que aparece en esta página procede de las publicaciones digitales del Boletín Oficial de la Propiedad Industrial, editado por la Oficina Española de Patentes y Marcas.