Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 12 de marzo del 2026 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo CERVEZA SEÑOR OSO.
Expediente: M-4353548
Tipo Modalidad: Marca
Identificado de publicación: 9076720
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4353548
Fecha de resolución: 05/03/2026
Irregularidades: Debe aportar nueva reproducción del distintivo solicitado, dado que el aportado es ilegible o carece de nitidez suficiente para su correcta visualización, impidiendo determinar con claridad y exactitu d el objeto preciso de la protección solicitada (art. 4.b Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas y 2.1 de su Reglamento de Ejecución).En este caso resulta ilegible parte del texto que aparece d etrás del oso del distintivo, necesitaríamos que dicho texto apareciese en un lugar visible o que se eliminase.La lista de productos y servicios adolece de falta de claridad y precisión (art. 12.3 de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3.3 de su Reglamento). En concreto: "VERM Ú" se considera impreciso, por lo que debería ajustarlo a la Clasificación Internacional de Niza com o " VERMUT"Apórtese un nuevo listado consignándolos correctamente. Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud únicamente respecto a los productos y/o servicios afectados (art. 9.6 del Reglamento).Puede consultar la herramienta CLINMAR para elabor ar su lista de productos y servicios:https://consultas2.oepm.es/clinmar/inicio.actionPor cad a nueva clase resultante deberá abonar 82,84 euros (tasa ME17) si el trámite y el pago se realizan e lectrónicamente. Si no se subsanase en plazo la falta de pago, se tendrá por desistida la solicitud respecto a la/s clase/s para la/s que no se hubiese abonado la totalidad de la tasa.Se recuerda que como contestación a este suspenso de forma solo se podrá modificar subsanando los defectos señal ados en el suspenso, retirar, limitar, o dividir la solicitud, según establece el artículo 9.2 del R eglamento para la ejecución de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas