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Información sobre la marca CERAMICA FERRES, registro solicitado por la empresa CERAMICA FERRES SA con el número de expediente de la Oficina Española e Patentes y Marcas M-4101072.

Marca
CERAMICA FERRES

M-4101072

Titular
Dirección

CRTA. C-66 KM.12
17121 CORCA (GIRONA)
(ES) ESPAÑA

Productos o servicios solicitados según clasificación NIZA
  • 19 BALDOSAS CERAMICAS; BALDOSAS CERAMICAS ESMALTADAS; BALDOSAS CERAMICAS PARA EVESTIMIENTO DE SUELOS; BALDOSAS CERAMICAS PARA REVESTIMIENTOS DE SUELO DE ONSTRUCCION; BALDOSAS DE CERAMICA; BALDOSAS DE CERAMICA ESMALTADA; BALDOSASDE CERAMICA PARA SUELOS DE INTERIOR; BALDOSAS DE CERAMICA PARA SUELOS EXTERORES; BALDOSAS DE CERAMICA PARA SUELOS Y REVESTIMIENTO; BALDOSAS DE CUBIERTS DE CERAMICA; BALDOSAS DE TERRACOTA PARA SUELOS; BALDOSAS PARA EL SUELO; BLDOSAS PARA LA CONSTRUCCION NO METALICAS; BALDOSAS PARA PAVIMENTACION; BALDSAS SIN VITRIFICAR; BALDOSAS Y AZULEJOS DE CERAMICA; PASAMANOS DE MATERIALE NO METALICOS; VIERTEAGUAS (NO METALICOS); CELOSIAS NO METALICAS
Tramitaciones realizadas
FechaTramitación
2021-02-23 Efectuado tram. Art.18.4 ley sin detectar anterioridades relevantes.
2021-03-02 Publicacion de solicitud.
2021-10-11 Publ.Suspenso fondo de f.Resol 04/10/2021 causas del suspenso de fondo: 346 99.
2021-12-30 Public. Denegacion de f.Resol: 22/12/2021.


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Resumen cronológico de publicaciones en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial sobre la marca CERAMICA FERRES

  • Denegación total de marca

    Expediente:  M-4101072

    Tipo Marca:  Denominativa

    Tipo Modalidad:  Marca

    Titular:  CERAMICA FERRES SA

    Identificado de publicación:  6557716

    Modalidad del signo distintivo:  M

    Número de solicitud:  4101072

    Fecha de resolución:  22/12/2021

    Clases denegadas:  19

    Fecha publicación de la solicitud:  02/03/2021

    Fuente: Boletín Oficial de la Propiedad Industrial 
    Fecha inscripción: 30/12/2021. Núm. 6557716. Tomo: 1 Anuncio:6557716 
  • Suspenso de fondo de marca

    Expediente:  M-4101072

    Tipo Modalidad:  Marca

    Identificado de publicación:  6395652

    Modalidad del signo distintivo:  M

    Número de solicitud:  4101072

    Fecha de resolución:  04/10/2021

    Clases:  19

    Motivos:  DEFECTOS O MOTIVOS

    Motivos:  01) - El solicitante al ser una Sociedad Limitada carece de legitimación para solicitar una Marca Colectiva en aplicación del art 62.2 de la Ley de marcas que establece que sólo podrán solicitar Marcas Colectivas las asociaciones de fabricantes, productores, prestadores de servicios o comerciantesque tengan capacidad, en su propio nombre, para ser titulares de derechos y obligaciones, celebrar contratos o realizar otros actos jurídicos, y que tengan capacidad procesal, así como las personas jurídicas de Derecho público. Para la subsanación de este requisito se deberá aportar una copia de los estatutos de la asociación debidamente constituidos e inscritos, tal y como exige el art 38.3 del Reglamento de ejecución de la Ley de Marcas. - La marca solicitada carece de la documentación necesaria para su concesión, ya que, entre la documentación aportada junto a la solicitud, no se encuentran los siguientes requisitos imprescindibles para su tramitación como marca colectiva:En aplicación del art 63.1 de la Ley de Marcas y el art 38.1 del Reglamento de ejecución de la Ley de Marcas sedispone que la solicitud de marca colectiva debe venir acompañada de un Reglamento de Uso de la marca colectiva, el cual deberá contener como mínimo: el nombre y domicilio social de la asociación, elobjeto de la asociación, los órganos autorizados a representar a la asociación, las condiciones de afiliación a la asociación, las personas autorizadas a utilizar la marca, condiciones de uso de la marca, los motivos por los que puede prohibirse el uso de la marca a un miembro de la asociación y demás sanciones en que pueda incurrir. Para la subsanación de este defecto se deberá aportar Reglamento de Uso.En el caso de que hubiera solicitado por error una marca colectiva, cuando realmente pretendía solicitar una marca individual, deberá solicitar dicho cambio de modalidad, pudiendo reclamar en caso de ser resuelta como marca individual, la devolución del exceso de cuantía pagado

    Motivos:  02) La marca solicitada se halla incursa en la prohibición del art. 5.1.g) de la Ley de Marcas (Ley17/2001, de 7 de diciembre) al poder inducir al público a error sobre la naturaleza de los productos siguientes: BALDOSAS PARA EL SUELO; BALDOSAS PARA LA CONSTRUCCIÓN NO METÁLICAS; BALDOSAS PARA PAVIMENTACIÓN; BALDOSAS SIN VITRIFICAR; PASAMANOS DE MATERIALES NO METÁLICOS; VIERTEAGUAS (NO METÁLICOS); CELOSÍAS NO METÁLICAS, ya que la denominación de la marca CERAMICA FERRES, induce a pensar que todos los productos solicitados están fabricados en cerámica. Esta prohibición podrá subsanarse limitando estos productos en el sentido de indicar que están fabricados en cerámica o con materiales cerámicos

    Fuente: Boletín Oficial de la Propiedad Industrial 
    Fecha inscripción: 11/10/2021. Núm. 6395652. Tomo: 1 Anuncio:6395652 

La información sobre la marca CERAMICA FERRES que aparece en esta página procede de las publicaciones digitales del Boletín Oficial de la Propiedad Industrial, editado por la Oficina Española de Patentes y Marcas.