Información sobre la marca CASHBANK con el número de expediente de la Oficina Española e Patentes y Marcas M-3740393.
La solicitud de registro de la marca se ha denegado. La siguiente información muestra los datos de la solicitud y los trámites realizados hasta su denegación.
Marca
CASHBANKM-3740393
Expediente OEPM M-3740393 Tipo Mixta Fecha solicitud 23/10/2018 Estado Denegado |
Persona física. Consultar en la OEPM
Negro, celeste
Fecha | Tramitación |
---|---|
2018-10-26 | Efectuado tram. Art.18.4 ley sin detectar anterioridades relevantes. |
2018-11-02 | Publicacion de solicitud. |
2019-04-17 | Publ.Suspenso fondo de f.Resol 11/04/2019 causas del suspenso de fondo: 328 342 346. |
2019-06-13 | Public. Denegacion de f.Resol: 07/06/2019. |
Resumen cronológico de publicaciones en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial sobre la marca CASHBANK
Expediente: M-3740393
Tipo Modalidad: Marca
Identificado de publicación: 5060667
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 3740393
Fecha de resolución: 07/06/2019
Clases denegadas: 06
Fecha publicación de la solicitud: 02/11/2018
Expediente: M-3740393
Tipo Modalidad: Marca
Identificado de publicación: 4974572
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 3740393
Fecha de resolución: 11/04/2019
Clases: 06
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS
Motivos: 01) Art. 12.3 de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre) y Art. 3.2 de su Reglamento (Real Decreto 687/2002, de 12 de julio). Los productos/servicios no están correctamente definidos. En concreto:CAJON AUTOMATICO DE COBRO CON/SIN INTERVENCION DEL USUARIO, es un enunciado impreciso que tiene que ser nuevamente definido dentro de los enunciados recogidos en la cl. 06 solicitada, o bien se puede suprimir el enunciado; puede también clasificarse como : "cajas de deposito de seguridad" en la cl. 06, o bien clasificarse en la cl. 09 como "cajeros automáticos", pagando tasa por nueva clase resultante en este ultimo caso de la cl. 09.Debe aportarse, por tanto, nueva lista de productos/servicios (en formulario oficial) describiéndolos correctamente. Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud en lo referente a los productos/servicios afectados (art 9.2 del Reglamento)
Motivos: 02) La marca solicitada se halla incursa en la prohibición del artº 5.1.c) de la Ley de Marcas (Ley17/2001, de 7 de diciembre) al estar compuesta de signos o indicaciones que pueden servir en el comercio para designar los productos para los que se solicita la presente marca, sin incluir otros elementos que hagan suficientemente distintivo y característico al signo solicitado
Motivos: 03) La marca solicitada se halla incursa en la prohibición del art. 5.1.g) y f) de la Ley de Marcasdado que la denominación BANCO, que aparece en el distintivo, solo puede ser utilizada conforme a las normas establecidas en la Ley 10/2014 de 26 de Junio de ordenación, supervisión y solvencia de entidades de crédito, teniendo reserva de nombre para las entidades inscritas y autorizadas
La información sobre la marca CASHBANK que aparece en esta página procede de las publicaciones digitales del Boletín Oficial de la Propiedad Industrial, editado por la Oficina Española de Patentes y Marcas.