Información sobre la marca CAMPOMAR ORGANIC, registro solicitado por la empresa CAMPOMAR NATURE SL con el número de expediente de la Oficina Española e Patentes y Marcas M-4319358.
M-4319358
Expediente OEPM M-4319358 Tipo Denominativa Fecha solicitud 16/05/2025 Estado En tramitación |
CALLE ASTEROIDE, 1003007 ALICANTE (ALICANTE)(ES) ESPAÑA
| Fecha | Tramitación |
|---|---|
| 2025-07-23 | Efectuado tram. Art.18.4 ley sin detectar anterioridades relevantes. |
| 2025-07-31 | Publicacion de solicitud. |
Resumen cronológico de publicaciones en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial sobre la marca CAMPOMAR ORGANIC
Expediente: M-4319358
Tipo Marca: Denominativa
Tipo Modalidad: Marca
Titular: CAMPOMAR NATURE SL
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4319358
Fecha resolución concesión: 11/09/2026
Fecha publicación de la solicitud: 31/07/2025
Clases con limitación: 29-CARNE, PESCADO (EXCEPTO EL OBTENIDO MEDIANTE PESCA SALVAJE), CARNE DE AVE; EXTRACTOS DE CARNE; FRUTAS Y VERDURAS, HORTALIZAS Y LEGUMBRES EN CONSERVA, CONGELADAS, SECAS Y COCIDAS; JALEAS, MERMELADAS, COMPOTAS; HUEVOS; LECHE, QUESOS, MANTEQUILLA, YOGUR Y OTROS PRODUCTOS LÁCTEOS; ACEITES Y GRASAS PARA USO ALIMENTICIO. TODOS LOS PRODUCTOS ANTERIORES HAN SIDO OBTENIDOS POR MÉTODOS DE PRODUCCIÓN ECOLÓGICA, DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN EL REGLAMENTO (UE) 2018/848 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO, DE 30 DE MAYO DE 2018 30-CAFÉ, TÉ, CACAO Y SUS SUCEDÁNEOS; ARROZ, PASTAS ALIMENTICIAS Y FIDEOS; TAPIOCA Y SAGÚ; HARINAS Y PREPARACIONES A BASE DE CEREALES; PAN, PRODUCTOS DE PASTELERÍA Y CONFITERÍA; CHOCOLATE; HELADOS CREMOSOS, SORBETES Y OTROS HELADOS; AZÚCAR, MIEL, JARABE DE MELAZA; LEVADURA, POLVOS DE HORNEAR; SAL, PRODUCTOS PARA SAZONAR, ESPECIAS, HIERBAS EN CONSERVA; VINAGRE, SALSAS Y OTROS CONDIMENTOS; HIELO. TODOS LOS PRODUCTOS ANTERIORES HAN SIDO OBTENIDOS POR MÉTODOS DE PRODUCCIÓN ECOLÓGICA, DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN EL REGLAMENTO (UE) 2018/848 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO, DE 30 DE MAYO DE 2018
Identificado de publicación: 9430473
Expediente: M-4319358
Tipo Marca: Denominativa
Tipo Modalidad: Marca
Titular: CAMPOMAR NATURE SL
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS 01) El signo solicitado se halla incurso, para "carne, pescado, carne de ave y carne de caza; extractos de carne; frutas y verduras, hortalizas y legumbres en conserva, congeladas, secas y cocidas; jaleas, mermeladas, compotas; huevos; leche, quesos, mantequilla, yogur y otros productos lácteos; aceites y grasas para uso alimenticio", de la clase 29, y para "café, té, cacao y sus sucedáneos; arroz, pastas alimenticias y fideos; tapioca y sagú; harinas y preparaciones a base de cereales; pan, productos de pastelería y confitería; chocolate; helados cremosos, sorbetes y otros helados; azúcar, miel, jarabe de melaza; levadura, polvos de hornear; sal, productos para sazonar, especias, hierbas en conserva; vinagre, salsas y otros condimentos; hielo" de la clase 30 en la prohibición del artículo 5.1.f) de la Ley 17/2001 de 7 de diciembre, de Marcas, por ser contrario al art. 30 del Reglamento(UE) 2018/848 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 2018, sobre producción ecológica y etiquetado de los productos, que reserva los términos "ecológico", "biológico" y "orgánico", así como sus diminutivos y derivados habituales tales como "eco" o "bio", para identificar la producción ecológica. En consecuencia, podrá subsanar el defecto señalado presentando una nueva lista de productos en la que haya eliminado la carne de caza y el pescado obtenido mediante pesca salvaje y hayaindicado para el resto de productos que "todos los productos anteriores han sido obtenidos por métodos de producción ecológica, de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2018/848 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 2018".La lista subsanada quedaría como sigue: "carne, pescado (excepto el obtenido mediante pesca salvaje), carne de ave; extractos de carne; frutas y verduras, hortalizas y legumbres en conserva, congeladas, secas y cocidas; jaleas, mermeladas, compotas; huevos; leche, quesos, mantequilla, yogur y otros productos lácteos; aceites y grasas para uso alimenticio. Todos los productos anteriores han sido obtenidos por métodos de producción ecológica, de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2018/848 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 2018". En relación a la lista subsanada de la clase 30, quedaría como sigue "café, té, cacao y sus sucedáneos; arroz, pastas alimenticias y fideos; tapioca y sagú; harinas y preparaciones a base de cereales; pan, productos de pastelería y confitería; chocolate; helados cremosos, sorbetes y otros helados; azúcar, miel, jarabe de melaza; levadura, polvos de hornear; sal, productos para sazonar, especias, hierbas en conserva; vinagre, salsas y otros condimentos; hielo. Todoslos productos anteriores han sido obtenidos por métodos de producción ecológica, de conformidad conlo dispuesto en el Reglamento (UE) 2018/848 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 2018". 02) El signo solicitado se halla incurso, para los productos de las clases 29 y 30, en la prohibición del art. 5.1.g) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre) al poder inducir al público a error sobre las características y el proceso de producción de los productos solicitados, toda vez que la denominación incluye el «organic», mientras que el signo se está solicitando para "carne, pescado, carne de ave y carne de caza; extractos de carne; frutas y verduras, hortalizas y legumbres enconserva, congeladas, secas y cocidas; jaleas, mermeladas, compotas; huevos; leche, quesos, mantequilla, yogur y otros productos lácteos; aceites y grasas para uso alimenticio" en general, sin haber excluido el pescado procedente de pesca salvaje y la carne de caza, que por precepto legal no puedenser ecológicos, y sin haber especificado que el resto de productos solicitados han sido obtenidos por métodos de producción ecológica" de la clase 29 y para "café, té, cacao y sus sucedáneos; arroz, pastas alimenticias y fideos; tapioca y sagú; harinas y preparaciones a base de cereales; pan, productos de pastelería y confitería; chocolate; helados cremosos, sorbetes y otros helados; azúcar, miel, jarabe de melaza; levadura, polvos de hornear; sal, productos para sazonar, especias, hierbas en conserva; vinagre, salsas y otros condimentos; hielo" de la clase 30. La forma de subsanar esta prohibición es la misma indicada para la prohibición del art. 5.1.f), señalada en el párrafo anterior. 03) POR OPOSICION BASADA EN:- <a href="/distintivo/campomar/oepm/m-2586987/" title="Detalle de la marca CAMPOMAR">CAMPOMAR</a>CAMPOMAR
Identificado de publicación: 9252775
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4319358
Fecha de resolución: 26/05/2026
Clases: 29, 30
Expediente: M-4319358
Tipo Modalidad: Marca
Identificado de publicación: 8684150
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4319358
Fecha de desposito regular: 16/05/2025
Tipo de signo distintivo: W
Denominación: CAMPOMAR ORGANIC
Productos/Servicios o Activadades según la clasificación de Viena: 29-CARNE, PESCADO, CARNE DE AVE Y CARNE DE CAZA; EXTRACTOS DE CARNE; FRUTAS Y VERDURAS, HORTALIZAS Y LEGUMBRES EN CONSERVA, CONGELADAS, SECAS Y COCIDAS; JALEAS, MERMELADAS, COMPOTAS; HUEVOS; LECHE, QUESOS, MANTEQUILLA, YOGUR Y OTROS PRODUCTOS LACTEOS; ACEITES Y GRASAS PARA USO ALIMENTICIO<br/>30-CAFE, TE, CACAO Y SUS SUCEDANEOS; ARROZ, PASTAS ALIMENTICIAS Y FIDEOS; TAPIOCA Y SAGU; HARINAS Y PREPARACIONES A BASE DE CEREALES; PAN, PRODUCTOS DE PASTELERIA Y CONFITERIA; CHOCOLATE; HELADOS CREMOSOS, SORBETES Y OTROS HELADOS; AZUCAR, MIEL, JARABE DE MELAZA; LEVADURA, POLVOS DE HORNEAR; SAL, PRODUCTOS PARA SAZONAR, ESPECIAS, HIERBAS EN CONSERVA; VINAGRE, SALSAS Y OTROS CONDIMENTOS; HIELO
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