Información sobre la marca CAFÉ BAHAREQUE, registro solicitado por la empresa LA COOPERATIVA DE CAFETALEROS DEL NORTE DEL VALLE con el número de expediente de la Oficina Española e Patentes y Marcas M-4305259.
M-4305259
Expediente OEPM M-4305259 Tipo Denominativa Fecha solicitud 19/02/2025 Estado En tramitación |
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| Fecha | Tramitación |
|---|---|
| 2025-04-24 | Publ.Suspenso solicitud de f.Resol: 15/04/2025. |
Resumen cronológico de publicaciones en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial sobre la marca CAFÉ BAHAREQUE
Expediente: M-4305259
Tipo Marca: Denominativa
Tipo Modalidad: Marca
Titular: LA COOPERATIVA DE CAFETALEROS DEL NORTE DEL VALLE
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4305259
Fecha resolución concesión: 04/02/2026
Fecha publicación de la solicitud: 13/06/2025
Clases Concedidas: 30
Identificado de publicación: 9002620
Expediente: M-4305259
Tipo Marca: Denominativa
Tipo Modalidad: Marca
Titular: LA COOPERATIVA DE CAFETALEROS DEL NORTE DEL VALLE
Identificado de publicación: 8601312
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4305259
Fecha de desposito regular: 19/02/2025
Tipo de signo distintivo: W
Denominación: CAFÉ BAHAREQUE
Localidad del representante: Madrid
Provincia del representante: MADRID
Productos/Servicios o Activadades según la clasificación de Viena: 30-BEBIDAS DE CAFE; BEBIDAS DE CAFE, PREPARADAS; BEBIDAS HECHAS CON CAFE; CAFE; CAFE AROMATIZADO; CAFE DESCAFEINADO; CAFE EN FORMA DE GRANO ENTERO; CAFE EN FORMA MOLIDA; CAFE EN GRANO; CAFE EN GRANO SIN TOSTAR; CAFE EXPRES
País del representante: ES
Expediente: M-4305259
Tipo Modalidad: Marca
Identificado de publicación: 8490916
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4305259
Fecha de resolución: 15/04/2025
Irregularidades: - El interesado, al no tener ni domicilio ni establecimiento industrial o comercial efectivo y serio en el Espacio Económico Europeo (art 56.2 del Reglamento de la Ley de Marcas aprobado por Real Decr eto 687/2002, de 12 de julio), debe estar representado por Agente de la Propiedad Industrial (art.17 5.2 de la Ley 24/2015, de 24 de julio, de Patentes). En consecuencia, debe aportarse el correspondie nte poder de representación, personándose en este expediente el Agente que se designe. En el caso d e no subsanar este defecto, se le tendrá por desistido de esta solicitud, dado que el solicitante no está habilitado para intervenir por sí mismo en este procedimiento. NOTA: el poder debe ser otorgado directamente por la entidad solicitante
La información sobre la marca CAFÉ BAHAREQUE que aparece en esta página procede de las publicaciones digitales del Boletín Oficial de la Propiedad Industrial, editado por la Oficina Española de Patentes y Marcas.