Información sobre la marca BIOETHANOL PREMIUM, registro solicitado por la empresa MLG SISTEMA 360 SL con el número de expediente de la Oficina Española e Patentes y Marcas M-4341296.
M-4341296
Expediente OEPM M-4341296 Tipo Figurativa Fecha solicitud 07/10/2025 Estado En tramitación |
CALLE SEVERO OCHOA, 3729590 MALAGA (MÁLAGA)(ES) ESPAÑA
Logo en colores negro, rojo y blanco
| Fecha | Tramitación |
|---|---|
| 2026-01-20 | Efectuado tram. Art.18.4 ley sin detectar anterioridades relevantes. |
| 2026-01-27 | Publicacion de solicitud. |
Resumen cronológico de publicaciones en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial sobre la marca BIOETHANOL PREMIUM
Expediente: M-4341296
Tipo Marca: Figurativa
Tipo Modalidad: Marca
Titular: MLG SISTEMA 360 SL
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS 01) La marca solicitada se halla incursa, para los productos de la clase solicitada, en la prohibición del art. 5.1.b) de la Ley de Marcas (Ley17/2001, de 7 de diciembre). Este artículo establece queno podrán registrarse como marca los signos que carezcan de carácter distintivo. En concreto, el signo solicitado carece de carácter distintivo toda vez que la denominación solicitada, "BIOETHANOL PREMIUM" (donde "ethanol" traducido del inglés al castellano significa "etanol", y "premium" traducido del inglés al castellano significa "de primera calidad"), no permite al público consumidor identificar un concreto origen empresarial, ni la diferenciación en el mercado de los productos para los que se solicita. 02) La marca solicitada se halla incursa en la prohibición del artículo 5.1.c) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre). Este artículo establece que no podrán registrarse como marca los signos descriptivos, es decir, aquellos que se compongan exclusivamente de signos o indicaciones que puedan servir en el comercio para designar la especie, la calidad, la cantidad, el destino, el valor, la procedencia geográfica o la época de obtención del producto o de la prestación del servicio u otras características de los productos o servicios. En concreto, el signo solicitado está compuestoexclusivamente de signos o indicaciones descriptivas de la naturaleza y otras características de los propios productos para los que se solicita el presente signo, sin que el elemento gráfico propuesto tenga la suficiente entidad como para eliminar el carácter descriptivo del mismo. 03) La marca solicitada se halla incursa en la prohibición del art. 5.1.g) de la Ley de Marcas (Ley17/2001, de 7 de diciembre). Este artículo establece que no podrán registrarse como marca los signos que puedan inducir al público a error, por ejemplo, sobre la naturaleza, la calidad o el origen geográfico del producto o servicio.En concreto, el signo solicitado puede inducir al público a errorsobre la naturaleza, características y calidad de los productos solicitados, y ser contrario a la normativa comunitaria, toda vez en el Reglamento 2018/848, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 2018, sobre producción ecológica y etiquetado de los productos ecológicos, reserva el término "ecológico", así como sus diminutivos y derivados habituales tales como "eco" (o "biológico",así como sus diminutivos y derivados habituales tales como "bio" / u "orgánico", así como sus diminutivos y derivados habituales tales como "organic", etc.) para identificar la producción ecológica, dado que en el distintivo aparece el término "BIO", y no especifica que los productos solicitados sean de tales características.Esta prohibición podrá subsanarse limitando los productos solicitados a "todos ellos obtenidos mediante procedimientos biológicos".En consecuencia, podrá subsanar el defecto señalado presentando una nueva lista de productos indicando lo siguiente.- Clase 04: "Aceites y grasas para uso industrial, ceras; lubricantes; compuestos para absorber, rociar y asentar el polvo; combustibles y materiales de alumbrado; velas y mechas de iluminación; todos los productos anteriores han sido obtenidos mediante procedimientos biológicos".Puede contestar a este acuerdo de suspenso de fondo, subsanando los posibles defectos o alegando lo que considere adecuado
Identificado de publicación: 9313595
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4341296
Fecha de resolución: 24/06/2026
Clases: 04
Expediente: M-4341296
Tipo Modalidad: Marca
Identificado de publicación: 8974118
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4341296
Fecha de desposito regular: 07/10/2025
Tipo de signo distintivo: F
Denominación: BIOETHANOL PREMIUM
Clasificación de elementos figurativos: 260401270509270510270517270524290101
Colores indicados: LOGO EN COLORES NEGRO, ROJO Y BLANCO
Productos/Servicios o Activadades según la clasificación de Viena: 04-ACEITES Y GRASAS PARA USO INDUSTRIAL, CERAS; LUBRICANTES; COMPUESTOS PARA ABSORBER, ROCIAR Y ASENTAR EL POLVO; COMBUSTIBLES Y MATERIALES DE ALUMBRADO; VELAS Y MECHAS DE ILUMINACION
La información sobre la marca BIOETHANOL PREMIUM que aparece en esta página procede de las publicaciones digitales del Boletín Oficial de la Propiedad Industrial, editado por la Oficina Española de Patentes y Marcas.