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Información sobre la marca BIOETHANOL PREMIUM, registro solicitado por la empresa MLG SISTEMA 360 SL con el número de expediente de la Oficina Española e Patentes y Marcas M-4341296.

Marca
BIOETHANOL PREMIUM

M-4341296

Titular
Dirección

CALLE SEVERO OCHOA, 37
29590 MALAGA (MÁLAGA)
(ES) ESPAÑA

Colores reivindicados

Logo en colores negro, rojo y blanco

Productos o servicios solicitados según clasificación NIZA
  • 4 ACEITES Y GRASAS PARA USO INDUSTRIAL, CERAS; LUBRICANTES; COMPUESTOS PARA ASORBER, ROCIAR Y ASENTAR EL POLVO; COMBUSTIBLES Y MATERIALES DE ALUMBRADO; ELAS Y MECHAS DE ILUMINACION
Elementos figurativos de la marca según la clasificación de Viena
  • 26.04.01 Cuadrados
  • 27.05.09 Secuencia de letras con grafismos diferentes
  • 27.05.10 Secuencia de letras con dimensiones diferentes
  • 27.05.17 Letras en caracteres gruesos
  • 27.05.24 Letras en claro sobre fondo oscuro
  • 29.01.01 Rojo, rosa, naranja
Tramitaciones realizadas
FechaTramitación
2026-01-20 Efectuado tram. Art.18.4 ley sin detectar anterioridades relevantes.
2026-01-27 Publicacion de solicitud.


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Resumen cronológico de publicaciones en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial sobre la marca BIOETHANOL PREMIUM

  • Suspenso de fondo de marca

    Expediente:  M-4341296

    Tipo Marca:  Figurativa

    Tipo Modalidad:  Marca

    Titular:  MLG SISTEMA 360 SL

    Motivos:  DEFECTOS O MOTIVOS 01) La marca solicitada se halla incursa, para los productos de la clase solicitada, en la prohibición del art. 5.1.b) de la Ley de Marcas (Ley17/2001, de 7 de diciembre). Este artículo establece queno podrán registrarse como marca los signos que carezcan de carácter distintivo. En concreto, el signo solicitado carece de carácter distintivo toda vez que la denominación solicitada, "BIOETHANOL PREMIUM" (donde "ethanol" traducido del inglés al castellano significa "etanol", y "premium" traducido del inglés al castellano significa "de primera calidad"), no permite al público consumidor identificar un concreto origen empresarial, ni la diferenciación en el mercado de los productos para los que se solicita. 02) La marca solicitada se halla incursa en la prohibición del artículo 5.1.c) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre). Este artículo establece que no podrán registrarse como marca los signos descriptivos, es decir, aquellos que se compongan exclusivamente de signos o indicaciones que puedan servir en el comercio para designar la especie, la calidad, la cantidad, el destino, el valor, la procedencia geográfica o la época de obtención del producto o de la prestación del servicio u otras características de los productos o servicios. En concreto, el signo solicitado está compuestoexclusivamente de signos o indicaciones descriptivas de la naturaleza y otras características de los propios productos para los que se solicita el presente signo, sin que el elemento gráfico propuesto tenga la suficiente entidad como para eliminar el carácter descriptivo del mismo. 03) La marca solicitada se halla incursa en la prohibición del art. 5.1.g) de la Ley de Marcas (Ley17/2001, de 7 de diciembre). Este artículo establece que no podrán registrarse como marca los signos que puedan inducir al público a error, por ejemplo, sobre la naturaleza, la calidad o el origen geográfico del producto o servicio.En concreto, el signo solicitado puede inducir al público a errorsobre la naturaleza, características y calidad de los productos solicitados, y ser contrario a la normativa comunitaria, toda vez en el Reglamento 2018/848, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 2018, sobre producción ecológica y etiquetado de los productos ecológicos, reserva el término "ecológico", así como sus diminutivos y derivados habituales tales como "eco" (o "biológico",así como sus diminutivos y derivados habituales tales como "bio" / u "orgánico", así como sus diminutivos y derivados habituales tales como "organic", etc.) para identificar la producción ecológica, dado que en el distintivo aparece el término "BIO", y no especifica que los productos solicitados sean de tales características.Esta prohibición podrá subsanarse limitando los productos solicitados a "todos ellos obtenidos mediante procedimientos biológicos".En consecuencia, podrá subsanar el defecto señalado presentando una nueva lista de productos indicando lo siguiente.- Clase 04: "Aceites y grasas para uso industrial, ceras; lubricantes; compuestos para absorber, rociar y asentar el polvo; combustibles y materiales de alumbrado; velas y mechas de iluminación; todos los productos anteriores han sido obtenidos mediante procedimientos biológicos".Puede contestar a este acuerdo de suspenso de fondo, subsanando los posibles defectos o alegando lo que considere adecuado

    Identificado de publicación:  9313595

    Modalidad del signo distintivo:  M

    Número de solicitud:  4341296

    Fecha de resolución:  24/06/2026

    Clases:  04

    Fuente: Boletín Oficial de la Propiedad Industrial 
    Fecha inscripción: 01/07/2026. Núm. 9313595. Tomo: 1 Anuncio:9313595 
  • Solicitud de registro de marca

    Expediente:  M-4341296

    Tipo Modalidad:  Marca

    Identificado de publicación:  8974118

    Modalidad del signo distintivo:  M

    Número de solicitud:  4341296

    Fecha de desposito regular:  07/10/2025

    Tipo de signo distintivo:  F

    Denominación:  BIOETHANOL PREMIUM

    Clasificación de elementos figurativos:  260401270509270510270517270524290101

    Colores indicados:  LOGO EN COLORES NEGRO, ROJO Y BLANCO

    Productos/Servicios o Activadades según la clasificación de Viena:  04-ACEITES Y GRASAS PARA USO INDUSTRIAL, CERAS; LUBRICANTES; COMPUESTOS PARA ABSORBER, ROCIAR Y ASENTAR EL POLVO; COMBUSTIBLES Y MATERIALES DE ALUMBRADO; VELAS Y MECHAS DE ILUMINACION

    Fuente: Boletín Oficial de la Propiedad Industrial 
    Fecha inscripción: 27/01/2026. Núm. 8974118. Tomo: 1 Anuncio:8974118 

La información sobre la marca BIOETHANOL PREMIUM que aparece en esta página procede de las publicaciones digitales del Boletín Oficial de la Propiedad Industrial, editado por la Oficina Española de Patentes y Marcas.