Información sobre la marca BELLOTA UNICO U, registro solicitado por la empresa BELLOTA UNICO SL con el número de expediente de la Oficina Española e Patentes y Marcas M-4335475.
M-4335475
Expediente OEPM M-4335475 Tipo Figurativa Fecha solicitud 01/09/2025 Estado En tramitación |
C/ SAN VICENTE, S/N37881 VALDECARROS (SALAMANCA)(ES) ESPAÑA
| Fecha | Tramitación |
|---|---|
| 2025-11-28 | Efectuado tram. Art.18.4 ley sin detectar anterioridades relevantes. |
| 2025-12-05 | Publicacion de solicitud. |
Resumen cronológico de publicaciones en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial sobre la marca BELLOTA UNICO U
Expediente: M-4335475
Tipo Marca: Figurativa
Tipo Modalidad: Marca
Titular: BELLOTA UNICO SL
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS 01) La marca solicitada se halla incursa, para todas las clases solicitadas, en la prohibición del art. 5.1.b) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre). De la aplicación conjunta de ambosartículos se deriva que no podrán registrarse como nombre comercial los signos que carezcan de carácter distintivo. En concreto, el signo solicitado carece de carácter distintivo, toda vez que el signo se compone exclusivamente de una indicación laudatoria del tipo de alimentación del cerdo ibérico y su calidad, pero no identifica de manera única el origen comercial. En consecuencia, el consumidor medio de las actividades solicitadas no percibirá el signo como un signo capaz de distinguir un origen empresarial. El componente gráfico, por su parte, se considera insuficiente para salvar la prohibición, habida cuenta de que se visualiza una bellota, siendo este componente gráfico insuficiente para dotar al conjunto de distintividad. 02) La marca solicitada se halla incursa, para todas las clases solicitadas, en la prohibición del art. 5.1.c) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre). Este artículo establece que no podrán registrarse como marca los signos descriptivos, es decir, aquellos que se compongan exclusivamente de signos o indicaciones que puedan servir en el comercio para designar la especie, la calidad, la cantidad, el destino, el valor, la procedencia geográfica o la época de obtención del producto o de la prestación del servicio u otras características de los productos o servicios.En concreto, el signo se compone exclusivamente de una indicación laudatoria que hace referencia al tipo de alimentación del cerdo ibérico y ensalza su calidad. El componente gráfico, por su parte, se considera insuficiente para salvar la prohibición, habida cuenta de que se compone de una letra, inapropiable en exclusiva, acompañada de la silueta de una bellota, siendo este componente gráfico insuficiente para dotar al conjunto de distintividad eliminando su carácter esencialmente descriptivo.Puede contestara este acuerdo de suspenso de fondo, en base al art. 5.1.b) y c), alegando lo que considere adecuado. 03) La marca solicitada se encuentra incursa, para todas las clases solicitadas, en el art. 5.1.g) en relación con el art. 5.1.f) de la Ley 17/2001 de Marcas, al poder inducir a error sobre la calidad, naturaleza o composición de los productos solicitados dado que de acuerdo con la normativa vigente, Real Decreto 4/2014, de 10 de enero, por el que se aprueba la norma de calidad para la carne, el jamón, la paleta y la caña de lomo ibérico, la utilización de la denominación "bellota/ de bellota" está reservada exclusivamente para los productos derivados del cerdo ibérico sacrificado inmediatamente después del aprovechamiento exclusivo de bellota, hierba y otros recursos naturales de la dehesa, sin aporte de pienso suplementario manejado únicamente en las condiciones descritas por el art. 3.1.b.i), en relación con el art 4.6 del mencionado Real Decreto.Este último motivo de suspenso (solo para el apartado g) puede subsanarse mediante la presentación de una limitación de los productos yservicios solicitados en la que se indique expresamente: "Todos los anteriores derivados de cerdo ibérico alimentado y manejado de acuerdo con los requisitos legales que permiten utilizar la designación "de bellota""
Identificado de publicación: 9301076
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4335475
Fecha de resolución: 18/06/2026
Clases: 29, 35, 43
Expediente: M-4335475
Tipo Modalidad: Marca
Identificado de publicación: 8899371
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4335475
Fecha de desposito regular: 01/09/2025
Tipo de signo distintivo: F
Denominación: BELLOTA UNICO U
Clasificación de elementos figurativos: 050707270501270510270517
Localidad del representante: VALENCIA
Provincia del representante: VALENCIA
Productos/Servicios o Activadades según la clasificación de Viena: 29-CARNE, PRODUCTOS CARNICOS, EXTRACTOS DE CARNE, JAMONES, PALETA, CAÑA DE LOMO, LOMO EMBUCHADO Y LOMO, TODOS ELLOS DERIVADOS DEL CERDO IBERICO ALIMENTADOS A BASE DE BELLOTA, QUE CUMPLAN CON LAS CARACTERISTICAS RACIALES QUE ESTABLECE EL REAL DECRETO 4/2014.<br/>35-VENTA AL DETALLE, AL MAYOR, EN COMERCIO, ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES Y A TRAVES DE REDES MUNDIALES DE INFORMATICA DE CARNE, PRODUCTOS CARNICOS, EXTRACTOS DE CARNE, JAMONES, PALETA, CAÑA DE LOMO, LOMO EMBUCHADO Y LOMO, TODOS ELLOS DERIVADOS DEL CERDO IBERICO ALIMENTADOS A BASE DE BELLOTA, QUE CUMPLAN CON LAS CARACTERISTICAS RACIALES QUE ESTABLECE EL REAL DECRETO 4/2014.<br/>43-SERVICIOS DE RESTAURACION (ALIMENTACION), SERVICIOS DE HOSTELERIA Y CATERING
País del representante: ES
La información sobre la marca BELLOTA UNICO U que aparece en esta página procede de las publicaciones digitales del Boletín Oficial de la Propiedad Industrial, editado por la Oficina Española de Patentes y Marcas.