Información sobre la marca ANTTA con el número de expediente de la Oficina Española e Patentes y Marcas M-4352351.
M-4352351
Expediente OEPM M-4352351 Tipo Figurativa Fecha solicitud 11/12/2025 Estado En tramitación |
Logotipo circular con la palabra ?antta? en negro sobre fondo amarillo y figura de taxi. En el borde exterior aparece el texto ?agrupacion nacional de transporte y taxistas autonomos?.
Persona física. Consultar en la OEPM
Amarillo, negro, blanco y verde.
| Fecha | Tramitación |
|---|---|
| 2026-03-06 | Publ.Suspenso solicitud de f.Resol: 27/02/2026. |
Resumen cronológico de publicaciones en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial sobre la marca ANTTA
Expediente: M-4352351
Tipo Marca: Figurativa
Tipo Modalidad: Marca
Descripcion Distintivo: Logotipo circular con la palabra ?antta? en negro sobre fondo amarillo y figura de taxi. En el borde exterior aparece el texto ?agrupacion nacional de transporte y taxistas autonomos?
Identificado de publicación: 9119582
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4352351
Fecha de desposito regular: 11/12/2025
Tipo de signo distintivo: F
Denominación: ANTTA AGRUPACIÓN NACIONAL DE TRANSPORTE Y TAXISTAS AUTÓNOMOS
Clasificación de elementos figurativos: 260119260124260418270112290112
Descripción del signo distintivo: LOGOTIPO CIRCULAR CON LA PALABRA "ANTTA" EN NEGRO SOBRE FONDO AMARILLO Y FIGURA DE TAXI. EN EL BORDE EXTERIOR APARECE EL TEXTO "AGRUPACION NACIONAL DE TRANSPORTE Y TAXISTAS AUTONOMOS"
Colores indicados: AMARILLO, NEGRO, BLANCO Y VERDE
Productos/Servicios o Activadades según la clasificación de Viena: 39-TRANSPORTE; EMBALAJE Y ALMACENAMIENTO DE MERCANCIAS; ORGANIZACION DE VIAJES; SERVICIOS DE TRANSPORTE TERRESTRE DE PASAJEROS; SERVICIOS DE TAXI; ORGANIZACION DE RUTAS URBANAS; SERVICIOS DE TRANSPORTE; ORGANIZACIÓN DE TRANSPORTE; SERVICIOS LOGÍSTICOS DE TRANSPORTE; INFORMACIÓN SOBRE TRANSPORTE
Expediente: M-4352351
Tipo Modalidad: Marca
Identificado de publicación: 9063744
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4352351
Fecha de resolución: 27/02/2026
Irregularidades: Debe indicar la FORMA JURÍDICA de la entidad solicitante (FALTA INCLUIR "ASOCIACIÓN"). Si la misma n o forma parte de la denominación social, se puede indicar entre paréntesis. Debe aportar un nuev o poder de representación en el que se indique el nombre de la persona física que firma en nombre de la persona jurídica poderdante. En caso de no subsanar este defecto, se continuará la tramitación e liminándose la representación y continuando el procedimiento con el solicitante (art. 57.3 del Regla mento de Ejecución de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas).Debe cumplimentar la casilla "DENOMINACIÓN" transcribiendo todos los elementos denominativos o alfanuméricos que aparecen en el distintivo. La lista de productos y servicios adolece de falta de claridad y precisión (art. 12. 3 de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3.3 de su Reglamento). En concreto: -"co ordinación de flotas" es impreciso. Puede eliminarlo del listado o incluir servicios relacionados en globados en la clasificación de Niza.- "asistencia y representación del colectivo de taxistas au tónomos" es impreciso. Puede eliminarlo del listado o incluir servicios relacionados englobados en l a clasificación de Niza.Apórtese un nuevo listado consignándolos correctamente. Si no se subsana sen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud únicamente respecto a los p roductos y/o servicios afectados (art. 9.6 del Reglamento).Puede consultar la herramienta CLINMAR para elaborar su lista de productos y servicios:https://consultas2.oepm.es/clinmar/inicio.action Por cada nueva clase resultante deberá abonar 82,84 euros (tasa ME17) si el trámite y el pago se rea lizan electrónicamente. Si no se subsanase en plazo la falta de pago, se tendrá por desistida la sol icitud respecto a la/s clase/s para la/s que no se hubiese abonado la totalidad de la tasa.Se re cuerda que como contestación a este suspenso de forma solo se podrá modificar subsanando los defecto s señalados en el suspenso, retirar, limitar, o dividir la solicitud, según establece el artículo 9. 2 del Reglamento para la ejecución de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas
La información sobre la marca ANTTA que aparece en esta página procede de las publicaciones digitales del Boletín Oficial de la Propiedad Industrial, editado por la Oficina Española de Patentes y Marcas.