Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 25 de junio del 2025 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo ÁNIMA.
Expediente: M-4314965
Tipo Modalidad: Marca
Identificado de publicación: 8625398
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4314965
Fecha de resolución: 18/06/2025
Irregularidades: 1.- Debe cumplimentar la casilla "DENOMINACIÓN" transcribiendo todos los elementos denominativos o a lfanuméricos que aparecen en el distintivo. Si desea hacer una descripción de la marca, deberá hacer lo en el apartado destinado para ello "DESCRIPCIÓN ESCRITA DE LA MARCA.2.- Debe corregir el apar tado "reivindicación de color". Este apartado es facultativo por lo que puede eliminar estas indicac iones o cumplimentarlo exclusivamente con los colores que se visualizan en el distintivo. 3.- El apartado "DESCRIPCIÓN ESCRITA DE LA MARCA" es de cumplimentación facultativa. En caso de indicar un a descripción esta debe limitarse exclusivamente a definir las características del distintivo, no de biéndose incluir otros comentarios (art. 2.2 del Reglamento de Ejecución de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas).4.- La lista de productos y servicios contiene productos y/o servicios inc orrectamente definidos (art. 12.3 de la Ley 17/2001 de Marcas y art.3 de su Reglamento). En concreto :-- "MENTORIAS, INMERSIONES, RETIROS, PROGRAMAS ONLINE, FORMACION SENSORIAL, TALLERES Y ACTIVIDA DES PRESENCIALES Y CONTENIDO EDUCATIVO TRANSFORMACIONAL" en la clase 41 tiene carácter impreciso, de be establecer con claridad y precisión los productos a solicitar y clasificarlos correctamente, ajus tándose a las posiciones de la Clasificación Internacional de Niza. Podía quedar definido como "Real ización de talleres y seminarios sobre concienciación personal"Apórtese un nuevo listado consign ándolos correctamente. Puede consultar la herramienta CLINMAR para elaborar su lista de productos y servicios:https://consultas2.oepm.es/clinmar/inicio.actionPor cada nueva clase resultante debe rá abonar 82,84 euros (tasa ME17) si el trámite y el pago se realizan electrónicamente. Si no se sub sanase en plazo la falta de pago, se tendrá por desistida la solicitud respecto a la/s clase/s para la/s que no se hubiese abonado la totalidad de la tasa.Se recuerda que como contestación a est e suspenso de forma solo se podrá modificar subsanando los defectos señalados en el suspenso, retira r, limitar, o dividir la solicitud, según establece el artículo 9.2 del Reglamento para la ejecución de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas