Información sobre el nombre comercial AGENCIA AGENCIA, registro solicitado por la empresa ECUACECG TRADING SL con el número de expediente de la Oficina Española e Patentes y Marcas N-0430989.
N-0430989
Expediente OEPM N-0430989 Tipo Denominativa Fecha solicitud 12/07/2021 Estado En tramitación |
PASEO SANTA MARIA DE LA CABEZA 1128045 MADRID (MADRID)(ES) ESPAÑA
| Fecha | Tramitación |
|---|---|
| 2021-07-29 | Efectuado tram. Art.18.4 ley sin detectar anterioridades relevantes. |
| 2021-08-05 | Publicacion de solicitud. |
| 2022-02-25 | Publ.Suspenso fondo de f.Resol 18/02/2022 causas del suspenso de fondo: 341 342 343. |
Resumen cronológico de publicaciones en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial sobre el nombre comercial AGENCIA AGENCIA
Expediente: N-0430989
Tipo Marca: Denominativa
Tipo Modalidad: Nombre Comercial
Titular: GREENSEND SL
Identificado de publicación: 6762265
Modalidad del signo distintivo: N
Número de solicitud: 0430989
Fecha de resolución: 21/04/2022
Clases denegadas: 35
Fecha publicación de la solicitud: 05/08/2021
Expediente: N-0430989
Tipo Modalidad: Nombre Comercial
Identificado de publicación: 6654878
Modalidad del signo distintivo: N
Número de solicitud: 0430989
Fecha de resolución: 18/02/2022
Clases: 35
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS
Motivos: 01) El nombre comercial solicitado se halla incurso en la prohibición del art. 5.1.b) en relación con el art. 88.b) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre), al carecer de carácter distintivo por consistir en una denominación descriptiva de las actividades reivindicadas, que no permitirá al consumidor identificar dicho signo con una concreta procedencia empresarial
Motivos: 02) El nombre comercial solicitado se halla incurso en la prohibición del art. 5.1.c) en relación con el art. 88.b) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre) al estar compuesto exclusivamente de signos o indicaciones que pueden servir en el comercio para designar la forma o manera (a través de una agencia) en que se prestaran los servicios reivindicados sin que el signo contenga ningúnelemento gráfico o denominativo significativo que permita dotarle de la distintividad necesaria, eliminando a su vez su carácter exclusivamente descriptivo
Motivos: 03) El nombre comercial solicitado se halla incurso en la prohibición del art. 5.1.d) en relación con el art. 88.b) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre), al componerse exclusivamente de signos o indicaciones que se han convertido en habituales en el lenguaje común o en las costumbres leales y constantes del comercio para designar el modo en que se prestan los servicios reivindicados ( a través de una AGENCIA que el público en general entiende como una empresa dedicada a gestionar asuntos o prestar determinados servicios) lo que impide cumplir al signo propuesto su obligada función distintiva en el mercado
La información sobre el nombre comercial AGENCIA AGENCIA que aparece en esta página procede de las publicaciones digitales del Boletín Oficial de la Propiedad Industrial, editado por la Oficina Española de Patentes y Marcas.