Información sobre la marca aem Asociación española de empresas de mensajería con el número de expediente de la Oficina Española e Patentes y Marcas M-4133777.
M-4133777
![]() | Expediente OEPM M-4133777 Tipo Figurativa Fecha solicitud 02/08/2021 Estado Denegada |
Persona física. Consultar en la OEPM
| Fecha | Tramitación |
|---|---|
| 2021-08-26 | Efectuado tram. Art.18.4 ley sin detectar anterioridades relevantes. |
| 2021-09-02 | Publicacion de solicitud. |
| 2022-05-17 | Publ.Suspenso fondo de f.Resol 09/05/2022 causas del suspenso de fondo: 328 363 364. |
| 2022-08-08 | Public. Denegacion de f.Resol: 01/08/2022. |
Resumen cronológico de publicaciones en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial sobre la marca aem Asociación española de empresas de mensajería
Expediente: M-4133777
Tipo Marca: Figurativa
Tipo Modalidad: Marca
Identificado de publicación: 6941961
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4133777
Fecha de resolución: 01/08/2022
Clases denegadas: 35
Fecha publicación de la solicitud: 02/09/2021
Expediente: M-4133777
Tipo Modalidad: Marca
Identificado de publicación: 6793058
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4133777
Fecha de resolución: 09/05/2022
Clases: 35
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS
Motivos: 01) Art. 12.3 de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre) y art. 3.2 de su Reglamento de ejecución (Real Decreto 687/2002, de 12 de julio). Los productos/servicios no están correctamente definidos. En concreto, - en la clase 35. "Asociación empresarial", está mal definido y no aparece como tal en la Clasificación Internacional, una correcta definición en la misma clase podría ser: "Asesoramiento en relación con la gestión empresarial"Debe presentar, por tanto, un nuevo listado completo de las actividades solicitadas describiéndolas correctamente siguiendo la Clasificación Internacional. Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud en lo referente a las actividades afectadas (art 9.2 y 9.6 del Reglamento).Puede consultar nuestra herramienta de clasificación "Clinmar" accediendo a nuestra página web: http://tramites2.oepm.es/clinmar/inicio.action
Motivos: 02) "La marca solicitada no cumple, con los requisitos establecidos en los artículos 63.1 de la Leyde Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre) y 38.1 del Reglamento de ejecución de la Ley de Marcas, debido a que estas normas obligan a que la solicitud venga acompañada de un Reglamento de Uso en el que deberán constar el nombre y domicilio social de la asociación o entidad de derecho público solicitante, el objeto de la asociación o de la entidad de derecho público solicitante, los órganos autorizados a representar a la asociación o entidad de derecho público, las condiciones de afiliación a la asociación, las personas autorizadas a utilizar la marca, si procede, condiciones de uso de la marca, incluidas las sanciones y, si procede, la previsión contenida en el artículo 63.2 de la Ley 17/2001, de Marcas. Esta prohibición podrá subsanarse aportando dicho reglamento de uso que deberá cumplir los requisitos mencionados
Motivos: 03) La marca solicitada no cumple con los requisitos del artículo 38.3 del Reglamento de Ejecución de la Ley 17/2001 de Marcas toda vez que no se acompañan los estatutos de la asociación debidamente constituidos e inscritas, donde consten las condiciones de afiliación de la asociación y los órganosautorizados a representar a la Asociación. Esta prohibición podrá subsanarse aportando dichos estatutos que deberán contener las indicaciones mencionadas.En caso que su ánimo fuera solicitar una marca de productos o servicios, se le informa que puede subsanar los defectos advertidos solicitandoel cambio de modalidad a una marca de productos o servicios conforme a lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley de Marcas
La información sobre la marca aem Asociación española de empresas de mensajería que aparece en esta página procede de las publicaciones digitales del Boletín Oficial de la Propiedad Industrial, editado por la Oficina Española de Patentes y Marcas.