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Publicación en el Boletín Oficial del Estado del día 01 de agosto del 2015 del anuncio de anuncio juzgado de lo mercantil.


Anuncio Juzgado de lo Mercantil

JUZGADO DE LO MERCANTIL DE ZARAGOZA

Edicto

Doña Carmen Montaner Zueras, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Zaragoza, por el presente, hago saber:

1º.- Que en este Juzgado se siguen autos de Concurso Voluntario Abreviado nº 336/2015-F, y número de Identificación General del procedimiento (N.I.G.) 50297 47 1 2015 0000281, en el cual se ha dictado en fecha de 2 de julio de 2015, Auto de declaración de concurso voluntario y apertura de la fase de liquidación de la Compañía Mercantil "Pinturas García Yellul, S.L.", con C.I.F. número B99111510 y domicilio social en Zaragoza, Calle Orense nº 9-11-13, Local 5.

2º.- Se ha acordado también en dicho auto abrir la fase de liquidación y declarar disuelta la Compañía Mercantil "Pinturas García Yellul, S.L." y la suspensión de las facultades de administración y disposición de la misma sobre su patrimonio, cesando en su función su Administrador Único, Don Diego Daniel García Yellul, con D.N.I. número 00000000X, siendo sustituido por la Administración Concursal designada.

3º.- Igualmente, se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que en el plazo de un mes comuniquen por escrito la existencia de sus créditos directamente a la Administración Concursal designada, integrada por la sociedad "Casanova & Aguilar Abogados y Economistas, S.L.P.", con CIF B99427015, representada por el economista Don Victor Aguilar Val, con D.N.I. 00000000X; con despacho profesional a efectos de notificaciones y comunicación de créditos: Calle San Miguel nº 42, 1º, 50001-Zaragoza; fax: 976217166; y correo electrónico: [email protected]

Dicha comunicación podrá presentarse en el domicilio postal de la Administración Concursal indicada, o remitirse por correo a dicho domicilio, o efectuarse en su dirección electrónica. No se admitirán comunicaciones de créditos en el Juzgado.

4º.- La comunicación de créditos se efectuará de conformidad con el artículo 85 de la Ley Concursal, y expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose copia, en forma electrónica en los casos que se haya optado por esta forma de comunicación, del título o de los documentos relativos al crédito.

5º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de procurador y asistidos de letrado (artº 184.3 Ley Concursal).

Zaragoza, 21 de julio de 2015.- La Secretaria Judicial.

Empresa
Boletín Oficial del Estado 
Fecha inscripción: 21/07/2015  

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