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Publicación en el Boletín Oficial del Estado del día 19 de julio del 2016 del anuncio de anuncio juzgado de lo mercantil.


Anuncio Juzgado de lo Mercantil

JUZGADO DE LO MERCANTIL DE VALENCIA

Doña Cristina María Valero Doménech, Letrada Admón. Justicia del Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Valencia,

Por el presente hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de concurso de acreedores número 203/13, habiéndose dictado en fecha 29 de junio 2016 por el Ilmo/a. Sr/a. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia auto firme de conclusión de concurso voluntario, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor:

1.- Se declara la conclusión del concurso abreviado voluntario tramitado en este juzgado bajo el número de procedimiento 203/13, promovido por el procurador Alario Mont, Rafael Francisco, en nombre y representación de la mercantil Promocinco Catarroja, S.L., y el archivo de las presentes actuaciones sin más trámite.

2.- Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación.

3.- Se acuerda disponer el cese del administrador concursal Soluciones Concursales Integrales 2013, S.L., con CIF número B-98482391, y de D. Emilio Climent Piqueras, con DNI número 00000000X, designado por la entidad para representarle en el ejercicio de su cargo, revocando las autorizaciones otorgadas en el procedimiento concursal.

4.- Se acuerda declarar la extinción de la mercantil Promocinco Catarroja, S.L., con CIF B-96501200, procediendo, en su caso, al cierre de la hoja de inscripción en los Registros Públicos que corresponda, a cuyo efecto expídase testimonio y mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de Valencia ya que contra la presente resolución no cabe recurso alguno (art. 177 de la LC) y tiene carácter de firme.

5.- Se aprueba la cuenta rendida por la administración concursal en su informe de fecha 27 de abril de 2016.

Notifíquese la presente resolución a la administración concursal, al concursado y a los acreedores personados en forma en el procedimiento, haciéndoles saber que contra la presente resolución no cabe recurso alguno (artículo 177.1 Ley Concursal).

Valencia, 29 de junio de 2016.- La Letrada de la Administración de Justicia.

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Boletín Oficial del Estado 
Fecha inscripción: 29/06/2016  

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