Cargando...
Fecha publicación
Fuente
BOE

Publicación en el Boletín Oficial del Estado del día 14 de junio del 2014 del anuncio de anuncio juzgado de lo mercantil.


Anuncio Juzgado de lo Mercantil

JUZGADO DE LO MERCANTIL DE PALMA DE MALLORCA

Don José Luis Garrido de Frutos, Secretario Judicial de Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Palma de Mallorca, por el presente, hago saber:

1.º Que en los autos seguidos en este Juzgado con el n.º 141/14 y NIG n.º 07040 47 1 2014 0000245 se ha dictado en fecha 30/05/2014 auto de declaración de concurso voluntario ordinario y apertura de la fase de liquidación del deudor Náutica Rosselló, S.L., con CIF B-07708217, cuyo centro de intereses principales lo tiene en calle Gremio Tejedores, n.º 6, Polígono Son Castelló, de Palma de Mallorca.

2.º Se ha acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio.

3 Se ha declarado disuelta la sociedad, cesando en su función sus administradores, que serán sustituidos por la administración concursal.

3.º Que la abogada nombrada administradora concursal D.ª Ana Rossell Garau, en fecha 09/06/2014, ha aceptado el cargo.

4.º Igualmente, se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.

Dicha comunicación deberá presentarse ante la administración concursal a la dirección postal calle Santalo, 147-149, 4.º 4.ª, 08021 Barcelona, o dirección de correo electrónico [email protected], en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.

No se admitirá en el Juzgado comunicación de crédito alguno.

5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 Ley Concursal).

Palma de Mallorca, 9 de junio de 2014.- El Secretario Judicial.

Empresa
Boletín Oficial del Estado 
Fecha inscripción: 09/06/2014  

IR A JUZGADO DE LO MERCANTIL DE PALMA DE MALLORCA
CREAR CUENTA GRATIS
Crea una cuenta gratuita en empresia y realiza seguimiento de las empresas que te interesan.

Registrar cuenta
Axesor.es
Axesor.es