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Publicación en el Boletín Oficial del Estado del día 03 de noviembre del 2015 del anuncio de anuncio juzgado de lo mercantil.


Anuncio Juzgado de lo Mercantil

JUZGADO DE LO MERCANTIL DE PALMA DE MALLORCA

D. Enrique Díaz Revorio, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Palma de Mallorca, por el presente, hago saber:

1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial, con el n.º 709 /2015 g y NIG n.º 07040 47 1 2015 0001199, se ha dictado en fecha 09 de octubre de 2015 auto de declaración de concurso voluntario ordinario del deudor Ca´l Lloro, S.L., con n.º de CIF B-57215238, cuyo centro de intereses principales lo tiene en calle Antonio Maura, n.º 38, de Pollença-Mallorca.

2º.- Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición del concursado.

3º.- Se ha designado, como administración concursal a la economista D.ª María Sureda Nicolau con domicilio en Avenida Joan March, n.º 8, 2.º-2.ª, 07004 de Palma de Mallorca, quien en fecha 19 de octubre de 2015 ha aceptado el cargo.

4º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.

Dicha comunicación deberá presentarse ante la administración concursal a la dirección postal: Avenida Joan March, n.º 8 2.º-2.ª, 07004 de Palma de Mallorca, o dirección de correo electrónico, [email protected] en el plazo de 1 mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.

No se admitirá en el Juzgado comunicación de crédito alguno.

5º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art.º 184.3 Ley Concursal).

Palma, 19 de octubre de 2015.- EL Letrado de la Administración de Justicia.

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Boletín Oficial del Estado 
Fecha inscripción: 19/10/2015  

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