Cargando...
Fecha publicación
Fuente
BOE

Publicación en el Boletín Oficial del Estado del día 13 de junio del 2015 del anuncio de anuncio juzgado de lo mercantil.


Anuncio Juzgado de lo Mercantil

JUZGADO DE LO MERCANTIL DE PALMA DE MALLORCA

Don Enrique Díaz Revorio, Secretario del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Palma de Mallorca, por el presente, hago saber:

1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º 465/2015-G y NIG n.º 07040 47 1 2015 0000788 se ha dictado en fecha 29 de mayo de 2015 auto de declaración de concurso necesario ordinario del deudor FASSANA, S.L., con n.º de CIF B-07662364, cuyo centro de intereses principales lo tiene en calle José López, n.º 13, 07500 de Manacor.

2.º Se ha acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición que ejercerá la Administración concursal.

3.º Se ha designado, como administración concursal al economista don JOSÉ BARCELÓ MIRALLES con DNI 00000000X, con domicilio calle Miquel Marques, n.º 10 A, bajos, 07005 de Palma de Mallorca, quien en fecha 9 de junio de 2015 ha aceptado el cargo.

4.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.

Dicha comunicación deberá presentarse ante la Administración concursal a la dirección postal: Calle Miquel Marques, n.º 10 A, bajos, 07005 de Palma de Mallorca, o dirección de correo electrónico, [email protected] en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose, en todo caso, originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.

No se admitirá en el Juzgado comunicación de crédito alguno.

5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 Ley Concursal).

En Palma, 9 de junio de 2015.- El Secretario judicial.

Empresa
Boletín Oficial del Estado 
Fecha inscripción: 09/06/2015  

IR A JUZGADO DE LO MERCANTIL DE PALMA DE MALLORCA
CREAR CUENTA GRATIS
Crea una cuenta gratuita en empresia y realiza seguimiento de las empresas que te interesan.

Registrar cuenta
Axesor.es
Axesor.es