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Publicación en el Boletín Oficial del Estado del día 22 de diciembre del 2014 del anuncio de anuncio juzgado de lo mercantil.


Anuncio Juzgado de lo Mercantil

JUZGADO DE LO MERCANTIL DE PALMA DE MALLORCA

Don Enrique Díaz Revorio, Secretario del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Palma de Mallorca, por el presente,

Hago saber:

1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el nº 1069/13 y NIG nº 07040 47 1 2013 0001619, se ha dictado en fecha 28 de noviembre de 2014, auto de declaración de concurso necesario ordinario de los deudores:

Merlot de Inversiones y Promociones, S.L., con domicilio social en la calle Son Espanyolet, número 30, de Palma de Mallorca, con CIF: B-57381907.

2.º Se ha acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición de la entidad concursada que serán asumidas por la administración concursal.

3.º Que ha sido nombrado como administradora concursal Isabel Salva Rossello, quien en fecha 9 de diciembre de 2014 ha aceptado el cargo.

4.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.

Dicha comunicación deberá presentarse ante la administración concursal a la dirección postal: Jaime III, numero 20, entresuelo, Palma de Mallorca, o a través de la página Web: [email protected], en el plazo de 1 mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.

5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 Ley Concursal).

Palma, 9 de diciembre de 2014.- El Secretario Judicial.

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Boletín Oficial del Estado 
Fecha inscripción: 09/12/2014  

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