Publicación en el Boletín Oficial del Estado del día 03 de febrero del 2016 del anuncio de anuncio juzgado de lo mercantil.
Edicto
Doña Margarita Marquina Castells, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 2 de los de Barcelona y provincia,
Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 976/2015 en el que se ha dictado con fecha 25/11/15 auto declarando en estado de concurso a la entidad Servicio Técnico de Yates, S.L., con CIF B61045381, y mandando darle publicidad con los siguientes datos:
NIG del procedimiento: 08019-47-1-2015-8007042.
Tipo de Concurso: voluntario. Se ordena la intervención por la administración concursal de las facultades de administración y disposición de la entidad en concurso.
Concursada: Servicio Técnico de Yates, S.L., con domicilio en C/ Pau, 12, Locales 5, 6 y 7, Port Forum.
Administrador concursal: D. Luis Gallo Salent, con domicilio en Rambla de Catalunya, 112, Barcelona, con correo electrónico [email protected]
Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.
Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al artículo 85 de la Ley Concursal: Los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la Administración Concursal en el domicilio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.
El plazo será de Un Mes a contar desde la última de las publicaciones.
Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse.
Barcelona, 18 de enero de 2016.- El Letrado de la Administración de justicia.
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