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Publicación en el Boletín Oficial del Estado del día 23 de junio del 2015 del anuncio de anuncio juzgado de lo mercantil.


Anuncio Juzgado de lo Mercantil

JUZGADO DE LO MERCANTIL DE BARCELONA

Don José María Soriano, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil numero 2 de los de Barcelona y provincia,

Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 412/2015, en el que se ha dictado en fecha 14/5/15, auto declarando en estado de concurso a la entidad Residencia Fontsana, S.L. con CIF B-65035149 y mandando darle publicidad con los siguientes datos:

NIG del procedimiento: 08019-47-1-2015-8003953.

Tipo de concurso: Voluntario. Se ordena la intervención por la administración concursal de las facultades de administración y disposición de la entidad en concurso.

Concursada: Residencia Fontsana, S.L., con domicilio en Avda. Lluis Companys, 44, Mataró.

Administrador concursal: D. Javier Martínez Cañuelo, con domicilio en Còrsega, número 299, 3,3, Barcelona con correo electrónico [email protected]

Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.

Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al art. 85 de la Ley concursal: Los acreedores de la concursada deberán poner en concocimiento de la administración concursal en el domicilio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de la identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, de título o documentos relativos al crédito. El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones.

Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse.

Barcelona, 19 de mayo de 2015.- El Secretario judicial.

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Boletín Oficial del Estado 
Fecha inscripción: 19/05/2015  

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