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Publicación en el Boletín Oficial del Estado del día 16 de abril del 2014 del anuncio de anuncio juzgado de lo mercantil.


Anuncio Juzgado de lo Mercantil

JUZGADO DE LO MERCANTIL DE ALICANTE

D.ª Cristina Cifo González, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Alicante, por el presente Hago saber: que en el proceso concursal número 589/13-C, seguido contra Amparo Alfonso Gómez, con D.N.I número , con domicilio en Elda (Alicante), c/ Cantueso, n.º 19, bajo, se dictó, de conformidad con el artículo 21 y 23 de la Ley Concursal, el presente edicto al objeto de:

1º) dar publicidad al auto de fecha 1/04/14 por el que se declara la terminación de la fase común del concurso y se acuerda la apertura de la fase de convenio y,

2º) dar publicidad al decreto de la misma fecha de convocatoria de junta de acreedores

en cuyo seno se han dictado las siguientes resoluciones todavía no firmes cuya anotación preventiva se solicita con arreglo al art. 24 LC, que son del tenor literal siguiente:

Parte Dispositiva del auto

1º) Se declara la terminación de la fase común del concurso y se acuerda la Apertura de la fase de convenio del concurso de acreedores de D.ª Amparo Alfonso Gómez, con D.N.I número .

2º) Procédase a transformar la Pieza Separada de Convenio en Sección Quinta del concurso.

3º) Procédase a convocar junta de acreedores.

Notifíquese al concursado, admón concursal y a las partes personadas e inscríbase en el Registro Mercantil, librándose al efecto el correspondiente mandamiento

Si no fuera posible la publicidad y remisión de oficios vía telemática, informática y electrónica, entréguense al procurador del solicitante del concurso los mandamientos y los oficios acordados, autorizándola a realizar cuantas gestiones sean necesarias para una pronta tramitación de los mismos, quien deberá remitirlos de inmediato a los medios de publicidad correspondientes. En caso de incumplimiento o demora le pararan los perjuicios que procedan, incluida la responsabilidad disciplinaria prevista la legislación orgánica y procesal

Contra esta resolución cabe recurso cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial a interponer ante Juzgado en el plazo de 20 días y tendrá la consideración de apelación más próxima a los solos efectos de reproducir las cuestiones planteadas en los recursos de reposición o incidentes concursales durante la fase común a que se refiere el artículo 197.4

Déjese diligencia de constancia de esta resolución en los incidentes concursales en los que se haya formulado protesta por partes que no estén personadas en el proceso concursal general a tales efectos

Para la apelación será necesario previo depósito de la suma de 50 euros que deberá ingresar en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado abierta en el Grupo Banesto consignando como código 02 y como concepto "pago recurso de apelación", sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso

Así, por este Auto, lo pronuncia, manda y firma el Itmo Sr. D. RAFAEL FUENTES DEVESA, Magistrado-Juez de este Juzgado. Doy fe.

Firma del Magistrado-Juez.- Firma del Secretario.

Parte Dispositiva

Acuerdo:

1) Se Convoca Junta de Acreedores de la concursada Amparo Alfonso Gómez, con D.N.I número , que se celebrará el próximo 22 de Julio de 2014, a las 11.00 horas, en la Sala de audiencias de este Juzgado.

2) Los acreedores podrán adherirse a la propuesta de convenio en los términos del art 103 hasta el cierre del lista de asistentes. En caso de verificarse la adhesión mediante comparecencia ante el Secretario de ese Juzgado deberá verificarse en miércoles de la semana, debiéndose aportar, en su caso, poderes en los cuales se acredite la facultad especial de poder adherirse al convenio, o en su caso, votar en contra.

Notifíquese a las partes personadas y publíquese por medio de edicto en el Registro Publico Concursal y en el tablón de anuncios de este Juzgado.

En tanto no se cree el Registro Público Concursal, publíquese el edicto en extracto en el BOE de forma gratuita.

Modo de impugnación: recurso de reposición en el plazo de cinco días ante el Secretario que lo dicta.

Así lo acuerdo y firmo, doy fe.- La Secretaria Judicial

Alicante, 1 de abril de 2014.- La Secretaria Judicial.

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Boletín Oficial del Estado 
Fecha inscripción: 01/04/2014  

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