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Publicación en el Boletín Oficial del Estado del día 04 de abril del 2015 del anuncio de anuncio juzgado de lo mercantil.


Anuncio Juzgado de lo Mercantil

JUZGADO DE LO MERCANTIL DE A CORUÑA

El Juzgado de lo Mercantil nº 2 de A Coruña, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal

ANUNCIA

Que en el Concurso Voluntario Ordinario Nº 47/15-L, seguido en este Juzgado a instancia de la procuradora Dº. Pilar Castro Rey en nombre y representación de Inmo Xerion, S.L., el día 16 de febrero de 2015 se ha dictado resolución cuya parte dispositiva dice literalmente lo siguiente:

1. DECLARO el estado de concurso voluntario ordinario de la sociedad de capital "INMO XERION, S.L.", con su domicilio social, sito en la localidad de A Coruña, C/ Prolongación Avenida de la Sardiñeira, número 5, 1º; inscrita en el Registro Mercantil de A Coruña, al tomo 3.063 del Archivo, Sección General, folio 142, hoja registral número C-38.044 y con CIF B-70043195.

2. DECLARO concluso el concurso por insuficiencia de masa activa y en consecuencia, procede acordar la extinción de la sociedad de capital instante "INMO XERION, S.L.", con la consiguiente cancelación de su inscripción en el Registro Mercantil antedicho, al que se librará el oportuno mandamiento a tal efecto luego sea firme la presente resolución y que contendrá testimonio de la presente resolución con declaración de firmeza la misma.

3. El deudor, la sociedad de capital "INMO XERION, S.L.", queda responsable del pago de sus créditos, pudiendo los acreedores iniciar ejecuciones singulares.

4. Publíquese la declaración de concurso en extracto por medio de edictos en el Boletín Oficial del Estado, en el tablón de anuncios de este Juzgado y en el Registro Público Concursal (si éste estuviera en funcionamiento). A tal efecto colóquese el edicto informativo en el tablón de anuncios de este Juzgado y líbrese oficio al director del Boletín Oficial del Estado así como los despachos oportunos para el cumplimiento de lo dispuesto por esta resolución.

Notifíquese esta resolución a la representación procesal de la sociedad instante del concurso y, en su caso, a los interesados que pudieran haberse personado.

Si no fuera posible la publicidad y remisión de oficios vía telemática, informática y electrónica, entréguense a la representación procesal del solicitante del concurso los mandamientos y los oficios acordados, autorizándola a realizar cuantas gestiones sean necesarias para una pronta tramitación de los mismos, quien deberá remitirlos de inmediato a los medios de publicidad correspondientes. En caso de incumplimiento o demora le pararan los perjuicios que procedan, incluida la responsabilidad disciplinaria prevista la legislación orgánica y procesal.

Notifíquese en legal forma la presente resolución haciéndose saber que no es firme y que contra ella cabe interponer recurso de apelación en este Jugado para ante la Ilma. Audiencia Provincial de A Coruña, Sección Cuarta, en el plazo de veinte días hábiles, previa constitución del depósito que resulte legalmente exigible y previo pago de las tasas que en su caso resulten aplicables. El plazo para interponer el recurso de apelación contará, respecto de las partes que hubieran comparecido, desde la notificación de esta resolución, y, respecto de los demás legitimados, desde la publicación del extracto de la declaración y conclusión de concurso en el Boletín Oficial del Estado.

Así lo acuerda, manda y firma SSª. Ilma. D. Roberto Niño Estébanez, Magistrado-Juez Titular del Juzgado de lo mercantil número dos de La Coruña Doy fe.-

A Coruña, 19 de febrero de 2015.- La Secretaria Judicial.

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Boletín Oficial del Estado 
Fecha inscripción: 19/02/2015  

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