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Publicación en el Boletín Oficial del Registro Mercantil del día 30 de mayo del 2002 del anuncio de anuncio de escisión en la empresa , inscrito en el Registro Mercantil el día 15 de abril del 2002 con los datos de inscripción Diario: 100 Sección: R Pág: 13989 - 13989.


Anuncio de escisión

Anuncio de escisión De conformidad con lo dispuesto en los artículos 242 y 254 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que la Junta general extraordinaria y universal de accionistas de "Videomani, Sociedad Anónima", y en el acta de decisiones del socio único de "Apple Games 2000, Sociedad Limitada", sociedad unipersonal, celebradas el día 29 de junio de 2001, y la Junta general extraordinaria y universal de socios de "Videomani Siglo 21, Sociedad Limitada", celebrada el día 16 de julio de 2001, acordaron, por unanimidad, la disolución y extinción de "Videomani, Sociedad Anónima", con escisión de la totalidad de su patrimonio en dos partes que son absorbidas por las sociedades "Apple Games 2000, Sociedad Limitada", sociedad unipersonal y "Videomani Siglo 21, Sociedad Limitada", las cuales adquirirán, por sucesión universal, la parte que les corresponda de los derechos y obligaciones de aquella.

Los acuerdos de escisión han sido adoptados conforme al proyecto de escisión, redactado por los Administradores de las sociedades participantes en la misma y depositado en el Registro Mercantil de Valencia con fecha 2 de julio de 2001.

Las Juntas generales extraordinarias y universales de socios y decisiones del socio único de las sociedades participantes en la escisión aprobaron, igualmente por unanimidad, los Balances de escisión, adoptándose como tales por parte de las mercantiles "Videomani, Sociedad Anónima", y "Apple Games 2000, Sociedad Limitada", sociedad unipersonal, los correspondientes a sus ejercicios anuales cerrados a 31 de diciembre de 2000, y por parte de la sociedad "Videomani Siglo 21, Sociedad Limitada", el cerrado a 28 de febrero de 2001.

Las sociedades beneficiarias "Apple Games 2000, Sociedad Limitada", y "Videomani Siglo 21, Sociedad Limitada", como ya se ha mencionado, absorben una parte cada una de ellas del patrimonio escindido de la mercantil "Videomani, Sociedad Anónima", habiendo acordado para ello una ampliación de su capital social; la primera de ellas en 893.025 euros, mediante la creación de 178.605 participaciones de 5 euros de valor nominal cada una de ellas, satisfaciendo además en concepto de cantidad complementaria total para ajustar el canje, 4,36 euros, y la segunda en 893.025,90 euros, mediante la creación de 148.590 participaciones de 6,01 euros de valor nominal cada una de ellas, satisfaciendo además, en concepto de cantidad complementaria total para ajustar el canje, 3,46 euros.

Las participaciones procedentes de dichas ampliaciones de capital de las sociedades beneficiarias de la escisión, entregadas a los socios de la sociedad que se escinde, tendrán derecho a participar de las ganancias sociales a partir del día en que se otorgue la escritura ante Notario, éste inclusive. A partir de este mismo día, las operaciones que se realicen con el patrimonio que se escinde se entenderán, a efectos contables, realizadas por las sociedades beneficiarias de la escisión.

Las sociedades que participan en la escisión no tienen ni tendrán acciones de clases especiales ni derechos especiales distintos de las acciones. Por otra parte, las sociedades beneficiarias de la escisión no otorgarán ningún tipo de derecho especial a ningún accionista ni a los Administradores de las sociedades participantes en la escisión.

De conformidad con lo previsto en los artículos 242, 243 y 254 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar expresamente: a) El derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la escisión, de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados en las Juntas generales y el Balance de escisión de cada una de dichas sociedades.

b) El derecho de oposición a la escisión que asiste a los acreedores de cada una de las sociedades que intervienen en la escisión durante el transcurso de un mes, contado desde la fecha del último anuncio de los acuerdos adoptados en las respectivas Juntas generales, en los términos previstos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas.

Asimismo y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 224 de la vigente Ley sobre el Régimen Jurídico de las Sociedades Anónimas, y en el artículo 220 del Reglamento del Registro Mercantil, se pone en conocimiento de los accionistas de la mercantil "Videomani, Sociedad Anónima", y del público en general que, en la misma Junta general extraordinaria y universal de accionistas de esta sociedad anteriormente relacionada, se adoptó también por unanimidad el acuerdo de proceder a la transformación de la compañía en sociedad de responsabilidad limitada.

Valencia, 15 de abril de 2002.-Alberto Torrella García, Secretario del Consejo de Administración de "Videomani, Sociedad Anónima".-Luis Martínez Ballesteros, Administrador solidario de "Videomani Siglo 21, Sociedad Limitada".-Josep Vila Beltrán, representante de "L & G Bussines, Sociedad Limitada".-Secretario del Consejo de Administración de "Apple Games 2000, Sociedad Limitada".-22.612.

y 3.a 30-5-2002.

Escindida
Beneficiaria
Boletín Oficial del Registro Mercantil 
Fecha inscripción: 15/04/2002 Diario: 100 Sección: R Pág: 13989 - 13989 

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