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Publicación en el Boletín Oficial del Estado del día 12 de agosto del 2013 del anuncio de anuncio juzgado de lo mercantil.


Anuncio Juzgado de lo Mercantil

JUZGADO DE LO MERCANTIL DE BARCELONA

Edicto

La Secretaria judicial doña Ana Eisman Curto, del Juzgado Mercantil n.º 1 de Barcelona, hace saber:

Que en el presente hago saber que en el concurso voluntario tramitado en este Juzgado con el número 763/2012, sobre proceso concursal de la mercantil Servial Obres i Serveis, S.L, se ha dictado Sentencia de fecha 29/04/2013, en la cual se acuerda la aprobación del convenio presentado y apertura de la sección de calificación cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

Fallo:

1.- Aprobar la propuesta anticipada de convenio presentada por la concursada Servial Obres i Serveis, S.L., con CIF n.º B-61400602, protocolizada en fecha 15 de enero de 2013, y acompañada como documento n.º 2 al escrito de 25 de enero de 2013, cuyo contenido se tiene por reproducido, cesando todos los efectos de la declaración de concurso, sin perjuicio de los deberes generales que para el deudor establece el artículo 42 de la LC.

Se declara finalizada la fase común del concurso.

2.- Publicar la presente resolución:

a) Librando mandamiento al Registro Mercantil, haciendo constar que es firme cuando lo sea, acompañando la presente resolución por medio de testimonio para que se pueda transcribir su parte dispositiva, así como testimonio del convenio, ordenando la inscripción de la sentencia.

b) Librando Edicto con el fallo de esta resolución, que será objeto de publicación en el tablón de este Juzgado.

c) Librando mandamiento al Registro de la Propiedad, si se hubiera librado alguna anterior con esta finalidad

d) Entregando los anteriores mandamientos al Procurador de la concursada que deberá devolverlos cumplimentados al Juzgado, sirviendo la notificación de la presente de requerimiento al efecto, para que lo haga en un plazo no superior a diez días (acreditando en ese plazo cuando menos la presentación, sin perjuicio de que aporte anotación definitiva cuando se lleve a efecto).

3.- Requerir a la concursada, sirviendo la presente de requerimiento al efecto, a fin de que semestralmente informe al Juzgado sobre el cumplimiento del convenio.

4.- Abrir la Sección de Calificación con testimonio de esta resolución y el resto de la documentación referida en el artículo 167.1.III de la Ley Concursal (incluida la aportada en el trámite de subsanación, así como el informe), confiriendo a los acreedores el plazo de diez días a contar desde la última de la publicación edictal o la notificación de esta resolución para los personados para que realicen las alegaciones sobre el particular que tuvieran por conveniente.

5.- Notificar esta resolución a la concursada, a la administración concursal y a todas las partes personadas en el procedimiento.

6.- Librar oficio al Servicio de Apoyo Concursal con testimonio de esta resolución para notificarles este hecho.

7.- Contra esta sentencia cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días ante este Juzgado y para la Ilma. Audiencia Provincial de Barcelona.

Así acuerdo y firmo Yolanda Ríos López, Magistrada-Juez del Juzgado de lo Mercantil número Uno de esta ciudad.

Barcelona, 30 de julio de 2013.- La Secretaria Judicial.

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Boletín Oficial del Estado 
Fecha inscripción: 30/07/2013  

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