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Publicación en el Boletín Oficial del Registro Mercantil del día 07 de julio del 2014 del anuncio de anuncio de escisión en la empresa , inscrito en el Registro Mercantil el día 04 de julio del 2014 con los datos de inscripción Diario: 126 Sección: C Pág: 9791 - 9791.


Anuncio de escisión

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, de modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles ("LME"), por remisión expresa del artículo 73 del mismo texto legal, se hace público que el 26 de junio de 2014 el consejo de administración de "Santander Investment, S.A." ("SI") y el accionista único de "Santander Banco de Emisiones, S.A." ("SBE") aprobaron la segregación de la unidad de negocio de depositaría y custodía de SI en favor de SBE, que adquirirá por sucesión universal todos los derechos y obligaciones de Santander inherentes a ésta.

SBE es una sociedad íntegramente participada de forma directa por SI, por lo que es aplicable a esta segregación el régimen simplificado establecido en el artículo 49 de la LME, por remisión de los artículos 73 y 52 de ésta. En consecuencia no resultan necesarios para esta segregación (i) la inclusión en el proyecto de segregación de las menciones 2.ª, 6.ª, 9.ª y 10.ª del artículo 31 de la LME, (ii) los informes de administradores y expertos sobre el proyecto desegregación, (iii) el aumento de capital de la sociedad beneficiaria y (iv) la aprobación de la segregación por la junta general de la sociedad segregada.

El acuerdo de segregación ha sido aprobado en los términos previstos en el proyecto común de segregación suscrito por los consejos de administración de las sociedades participantes en la segregación el 26 de junio de 2014 y depositado en el Registro Mercantil de Madrid el día 4 de julio de 2014.

La eficacia de la segregación está sujeta suspensivamente a la autorización del Ministro de Economía y Competitividad, de acuerdo con lo previsto en la disposición adicional decimosegunda de la ley 10/2014, de 26 de junio, de ordenación, supervisión y solvencia de entidades de crédito.

De conformidad con lo previsto en el artículo 43 de la LME, se hace constar el derecho que asiste a los accionistas de SI y a los acreedores de cada una de las sociedades que participan en la segregación de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y del balance de segregación de cada una de las sociedades, los cuales se encuentran a su disposición en los respectivos domicilios sociales.

Igualmente, se hace constar el derecho que asiste a los acreedores y obligacionistas de SI y SBE a oponerse a la segregación en los términos previstos en el artículo 44 de la LME, durante un plazo de un mes desde la publicación del último anuncio de segregación.

Boadilla del Monte, 4 de julio de 2014.- El Secretario del Consejo de Administración de SI, Pablo Castilla Reparaz.-El Vicesecretario del Consejo de Administración de SBE, Luis Otamendi Rodríguez.

Boletín Oficial del Registro Mercantil 
Fecha inscripción: 04/07/2014 Diario: 126 Sección: C Pág: 9791 - 9791 

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