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Publicación en el Boletín Oficial del Estado del día 13 de noviembre del 2013 del anuncio de anuncio juzgado de lo mercantil.


Anuncio Juzgado de lo Mercantil

JUZGADO DE LO MERCANTIL DE ALICANTE

Doña Pilar Solanot García, Secretaria judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Alicante,

Por el presente, hago saber: Que en el procedimiento concurso abreviado 000228/2013-K sobre declaración de concurso de la mercantil Peplos Kore, S.L., con domicilio en calle Río Manzanares, número 10, Elda (Alicante), y CIF número B54126552, se ha dictado auto de fecha 27 de septiembre de 2013, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Uno.- Se decreta la apertura de la fase de liquidación.

Dos.- Se acuerda la suspensión de las facultades de administración y disposición del deudor sobre su patrimonio, con todos los efectos previstos en el titulo III de la Ley Concursal.

Tres.- Se declara la disolución de la mercantil concursada, así como, en todo caso, el cese de los administradores o liquidadores, que serán sustituidos por la administración concursal, sin perjuicio de continuar aquellos en la representación de la concursada en el procedimiento y en los incidentes en lo que sea parte.

Cuatro.- Se declara el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones.

Cinco.- Preséntese por la administración concursal en el plazo de diez días el plan de liquidación previsto en el artículo 148 LC debiendo contener una enumeración de todos los activos reflejados en el inventario con su valoración liquidatoria y las formas concretas propuestas en cada caso para su realización.

Notifíquese a las partes personadas y publíquese por medio de edicto n el registro publico concursal y en el tablón de anuncios de este Juzgado e inscríbase en el Registro Mercantil.

En tanto no se cree el Registro Publico Concursal, publíquese el edicto en extracto en el BOE de forma gratuita.

Si no fuera posible la publicación y remisión de oficios/mandamientos vía telemática, informática y electrónica, entréguese al/a procurador/a del solicitante del concurso los mandamientos y los oficios acordados, autorizándola a realizar cuantas gestiones sean necesarias para una pronta tramitación de los mismos, quien deberá remitirlos de inmediato a los medios de publicidad correspondientes. En caso de incumplimiento o demora le pararán los perjuicios que procedan, incluida la responsabilidad disciplinaria prevista la legislación orgánica y procesal.

Modo de impugnación: Contra esta resolución cabe interponer recurso de apelación conforma al artículo 98 LC, como consecuencia de nuevo párrafo introducido por el RD Leg. 3/2009: Esa resolución será apelable y tendrá la consideración de apelación mas próxima a los solos efectos de reproducir las cuestiones planteadas en los recursos de reposición o incidentes concursales durante la fase común a la que se refieren el artículo 197.3 LC.

Así por este auto, lo pronuncia, manda y firma don Salvador Calero García, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Alicante. Doy fe.

Ya para que sirva de publicación en el BOE, expido el presente.

Alicante, 27 de septiembre de 2013.- La Secretaria judicial.

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Boletín Oficial del Estado 
Fecha inscripción: 27/09/2013  

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